Subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular previstas en aptdo. tercero del ACM 10 febrero 2026
Las subvenciones se destinarán a financiar en el ámbito territorial declarado como zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, los proyectos directamente relacionados con los episodios detallados en el anexo de la convocatoria, que ejecuten los ayuntamientos, los consejos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, los consejos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, de los daños provocados por alguno de dichos episodios.
Referencia: 914306
Publicación oficial: 23/06/2026
Fecha inicio convocatoria: 24/06/2026
Fecha fin convocatoria: 21/07/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERACIÓN AUTONÓMICA Y LOCAL
Se convocan las subvenciones para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y en la red viaria provincial e insular, previstas en el apartado tercero del ACM de 10 de febrero de 2026.
La convocatoria se efectúa respecto del territorio afectado como consecuencia de las emergencias de protección civil de distinta naturaleza acaecidas entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, que se relacionan en el anexo de la convocatoria, en las CCAA de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Comunidad de Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Illes Balears, La Rioja y Región de Murcia, así como en la Ciudad de Ceuta.
No forman parte de esta convocatoria los municipios o zonas de municipios enunciados en el anexo VI de la Resolución de 11 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Política Territorial, conforme al artículo 7.2 del Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero.
Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las diputaciones provinciales, los consejos y cabildos insulares, y la Administración de las comunidades autónomas uniprovinciales, cuyo territorio esté comprendido en el ámbito de aplicación de esta convocatoria; todo ello, sin perjuicio de la condición de interesado que corresponda a las entidades solicitantes.
El importe total máximo de las subvenciones convocadas es de 130.995.382,67 euros. A los proyectos subvencionables se les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.
Las subvenciones se solicitarán, según corresponda, por las entidades titulares de las infraestructuras municipales o de la red viaria provincial e insular que resultó dañada, en los términos que se expresan en la convocatoria.
Las solicitudes se podrán presentar, desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado hasta las 15:00 horas del día 21 de julio de 2026. Se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica, a través de la aplicación informática «AURA – Subvenciones a EELL ante catástrofes naturales», accesible desde la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (https://mptmd.sede.gob.es/).
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.