Subvenciones destinadas a municipios de Andalucía para la realización de actuaciones frente al cambio climático.
1. Se convocan para el año 2025, las ayudas previstas en la Orden de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, de 4 de noviembre de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía para la realización de actuaciones frente al cambio climático en adelante, Orden de bases reguladoras.
2. La información asociada al procedimiento de concesión de estas ayudas está disponible en el código de procedimiento 25743, a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25743.html
Referencia: 876046
Publicación oficial: 24/12/2025
Fecha inicio convocatoria: 25/12/2025
Fecha fin convocatoria: 25/03/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
De acuerdo con lo estipulado en la Orden de bases reguladoras, podrán ser entidades beneficiarias de la presente convocatoria los Ayuntamientos de los municipios de la Comunidad Autónoma Andaluza, con una población superior o igual a 50.000 habitantes para la línea 1 y con una población inferior a 50.000 habitantes para la línea 2, según los datos de población correspondiente al último año publicado en el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA), a fecha de publicación de la presente convocatoria.
1. Las subvenciones estarán financiadas al 85% con cargo al Programa Andalucía FEDER 2021-2027, en concreto al Objetivo Político 2. Una Europa más verde, baja en carbono en transición hacia una economía con cero emisiones netas de carbono y resiliente, promoviendo una transición energética limpia y equitativa, la inversión verde y azul, la economía circular, la mitigación y adaptación al cambio climático, la prevención y gestión de riesgos y la movilidad urbana sostenible, Objetivo específico: RSO 2.4. Favorecer la adaptación al cambio climático y la prevención del riesgo de catástrofes, así como la resiliencia, teniendo en cuenta los enfoques basados en los ecosistemas, letra D: Medidas de fomento de la capacidad de sumidero y la reducción de gases de efecto invernadero. El 15% restante irá a cargo de fondos propios de la Junta de Andalucía.
2. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria son los que se detallan a continuación:
| LÍNEA | PARTIDAS PRESUPUESTARIAS | ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD |
|---|---|---|---|
| Línea 1. Subvenciones destinadas a municipios andaluces con una población superior o igual a 50.000 habitantes para la realización de actuaciones frente al cambio climático | 2000170000/G/44F/76001/00/A421DD80M1 2024001137 | 1.351.240 € | 2026 |
| 1.148.760 € | |||
| 2027 | |||
3. La subvención concedida podrá ser del 100% del presupuesto aceptado correspondiente a los gastos subvencionables, con una cuantía máxima de subvención de quinientos mil euros (500.000 €) para la línea 1 y de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €) para la línea 2, y siendo la cuantía mínima, en ambos casos, de cincuenta mil euros (50.000 €).
1. El plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el apartado 11.b) del Cuadro Resumen de la Orden de bases reguladoras, será de tres meses a partir del día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta Andalucía el presente extracto, conforme a lo previsto en el artículo 20.8) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que deberán disponer de un sistema de identificación y firma que permita garantizar y acreditar la autenticidad de la expresión de su voluntad y consentimiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la referida ley.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.