Subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.
Se convocan para el ejercicio 2026, las siguientes líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo:
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo, para completar y coadyuvar a la financiación, en parte, de los gastos generales de funcionamiento y gestión generados como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención asistencial a las víctimas del terrorismo y de sus familiares, así como el auxilio técnico para el desarrollo de sus objetivos estatutarios.
Línea 2: Programas de actividades de dignificación de las víctimas o de actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones, defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática, así como la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 30 de abril de 2022 (BOJA número 94, de 19 de mayo de 2022), modificada por Orden de 4 de marzo de 2026, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública (BOJA número 48, de 11 de marzo de 2026).
Referencia: Línea 1: 898332. Línea 2: 898333.
Publicación oficial: 22/04/2026
Fecha inicio convocatoria: 23/04/2026
Fecha fin convocatoria: 23/05/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en dicha orden, las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro que ejerzan su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses amparados en la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y desarrollen programas asistenciales dirigidos a paliar situaciones personales o colectivas de dichas víctimas, o bien persigan el desarrollo y ejecución de programas de actividades de dignificación de las víctimas, o actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática.
No se entenderán incluidas las entidades instrumentales de la Administración, los partidos políticos, sindicatos o asociaciones empresariales, las universidades, las sociedades mercantiles, los colegios profesionales o cualquier otra entidad con análogos fines y naturaleza.
Ejercicio 2026: 60.000,00 euros.
Ejercicio 2027: 30.000,00 euros.
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo: 30.000,00 euros.
| Denominación de la línea | Anualidad | Partida Presupuestaria | Importe (euros) |
|---|---|---|---|
| Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo | 2026 | 2200010000/G/14C/48600/00 01 | 30.000,00 |
Línea 2: Actividades de dignificación y concienciación social: 60.000,00 euros
| Denominación de la línea | Anualidad | Partida Presupuestaria | Importe (euros) |
|---|---|---|---|
| Línea 2: Actividades de dignificación y concienciación social | 2026 | 2200010000/G/14C/48600/00 01 | 30.000,00 |
| 2027 | 2200010000/G/14C/48600/00 01 | 30.000,00 |
En todo caso la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
1. Las solicitudes (Anexo I) se presentarán de forma electrónica en el registro electrónico de la Administración Junta de Andalucía, estando disponibles en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía y en la oficina virtual de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, a la que se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
a) Para la Línea 1:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24790.html
b) Para la Línea 2:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24791.html
Igualmente, en la dirección mencionada se encuentra disponible como Anexo II, el formulario de trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.
3. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo. La resolución de inadmisión será notificada individualmente a la entidad solicitante en los términos de los artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.