Subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.

Estado: Cerrada
Objeto:

Se convocan para el ejercicio 2026, las siguientes líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo:

Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo, para completar y coadyuvar a la financiación, en parte, de los gastos generales de funcionamiento y gestión generados como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención asistencial a las víctimas del terrorismo y de sus familiares, así como el auxilio técnico para el desarrollo de sus objetivos estatutarios.

Línea 2: Programas de actividades de dignificación de las víctimas o de actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones, defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática, así como la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 30 de abril de 2022 (BOJA número 94, de 19 de mayo de 2022), modificada por Orden de 4 de marzo de 2026, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública (BOJA número 48, de 11 de marzo de 2026).

Referencia: Línea 1: 898332. Línea 2: 898333.

Publicación oficial: 22/04/2026

Fecha inicio convocatoria: 23/04/2026

Fecha fin convocatoria: 23/05/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: Ejercicio 2026: 60.000,00 euros. Ejercicio 2027: 30.000,00 euros.
Sector: Justicia
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en dicha orden, las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro que ejerzan su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses amparados en la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y desarrollen programas asistenciales dirigidos a paliar situaciones personales o colectivas de dichas víctimas, o bien persigan el desarrollo y ejecución de programas de actividades de dignificación de las víctimas, o actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática.

No se entenderán incluidas las entidades instrumentales de la Administración, los partidos políticos, sindicatos o asociaciones empresariales, las universidades, las sociedades mercantiles, los colegios profesionales o cualquier otra entidad con análogos fines y naturaleza.

Cuantía de la ayuda:

Ejercicio 2026: 60.000,00 euros.

Ejercicio 2027: 30.000,00 euros.

Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo: 30.000,00 euros.

Denominación de la línea Anualidad Partida Presupuestaria Importe (euros)
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo 2026 2200010000/G/14C/48600/00 01 30.000,00

Línea 2: Actividades de dignificación y concienciación social: 60.000,00 euros

Denominación de la línea Anualidad Partida Presupuestaria Importe (euros)
Línea 2: Actividades de dignificación y concienciación social 2026 2200010000/G/14C/48600/00 01 30.000,00
2027 2200010000/G/14C/48600/00 01 30.000,00

En todo caso la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

Solicitud:

1. Las solicitudes (Anexo I) se presentarán de forma electrónica en el registro electrónico de la Administración Junta de Andalucía, estando disponibles en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía y en la oficina virtual de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, a la que se podrá acceder a través de la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y Servicios:

a) Para la Línea 1:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24790.html

b) Para la Línea 2:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24791.html

Igualmente, en la dirección mencionada se encuentra disponible como Anexo II, el formulario de trámites de audiencia, reformulación, aportación de documentos y aceptación.

2. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, General de Subvenciones.

3. Serán inadmitidas las solicitudes presentadas fuera de plazo. La resolución de inadmisión será notificada individualmente a la entidad solicitante en los términos de los artículos 40 a 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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