Subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo.
Se convocan para el ejercicio 2025 las siguientes líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a asociaciones, fundaciones e instituciones, sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas de terrorismo:
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo, para completar y coadyuvar a la financiación, en parte, de los gastos generales de funcionamiento y gestión generados como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención asistencial a las víctimas del terrorismo y de sus familiares, así como el auxilio técnico para el desarrollo de sus objetivos estatutarios.
Línea 2: Programas de actividades de dignificación de las víctimas o de actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones, defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática, así como la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 30 de abril de 2022 (BOJA número 94, de 19 de mayo de 2022).
Referencia: 820971 - 820972
Publicación oficial: 26/03/2025
Fecha inicio convocatoria: 27/03/2025
Fecha fin convocatoria: 28/04/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE JUSTICIA E INTERIOR
Podrán ser beneficiarias de las ayudas que se regulan en dicha orden, las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro que ejerzan su actividad principalmente en Andalucía, cuyo objeto sea la representación y defensa de los intereses amparados en la Ley 10/2010, de 15 de noviembre, relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y desarrollen programas asistenciales dirigidos a paliar situaciones personales o colectivas de dichas víctimas, o bien persigan el desarrollo y ejecución de programas de actividades de dignificación de las víctimas, o actividades destinadas a la educación y concienciación social contra la lacra terrorista en cualquiera de sus manifestaciones defendiendo los valores de convivencia pacífica y democrática.
No se entenderán incluidas las entidades instrumentales de la Administración, los partidos políticos, sindicatos o asociaciones empresariales, las universidades, las sociedades mercantiles, los colegios profesionales o cualquier otra entidad con análogos fines y naturaleza.
Importe máximo: 90.000,00 euros
Ejercicio 2025: 60.000,00 euros.
Ejercicio 2026: 30.000,00 euros.
Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo: 30.000,00 euros.
| Denominación de la línea | Anualidad | Partida Presupuestaria | Importe (euros) |
|---|---|---|---|
| Línea 1: Apoyo al movimiento asociativo | 2025 | 2200010000/G/14C/48600/00 01 | 30.000,00 |
Línea 2: Actividades de dignificación y concienciación social: 60.000,00 euros
| Denominación de la línea | Anualidad | Partida Presupuestaria | Importe (euros) |
|---|---|---|---|
| Línea 2: Actividades de dignificación y concienciación social | 2025 | 2200010000/G/14C/48600/00 01 | 30.000,00 |
| 2026 | 2200010000/G/14C/48600/00 01 | 30.000,00 |
En todo caso la concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.
Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos, entre ellos, los requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos y los órganos competentes para instruir y resolver, por lo establecido en las bases reguladoras, aprobadas mediante Orden de 30 de abril de 2022, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.