Subvenciones destinada al aprovechamiento turístico de las Almazaras de la Provincia de Jaén para el ejercicio 2025. L1 proyectos de inversión.
Regular las subvenciones del Área de Promoción y Turismo, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2025, destinadas a la realización de proyectos destinados al aprovechamiento turístico de las almazaras de la provincia y sus instalaciones anexas.
Línea 1. Proyectos de inversión.
Referencia: 854590
Publicación oficial: 05/09/2025
Fecha inicio convocatoria: 08/09/2025
Fecha fin convocatoria: 30/09/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén
Podrán acogerse a los beneficios de esta Convocatoria de subvenciones las empresas, con independencia de su forma jurídica, que entre las actividades económicas que realice se encuentre la fabricación de aceite de oliva y que dicha actividad se desarrolle en un municipio de la provincia de Jaén, pudiendo presentar cada una de ellas una solicitud para cada una de las líneas previstas en el artículo 5 de esta Convocatoria.
No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia.
• Cuantía total: 170.000,00 €
• Cuantía máxima por beneficiario: 20.000,00 €
Proyectos subvencionables:
Proyectos de inversión en inmovilizado material o inmaterial destinados a la adecuación de las almazaras y sus instalaciones anexas de la provincia para la actividad turística, de la tipología que a continuación se enumera:
• Adecuación y/o creación de espacios destinados a la recepción de visitantes y venta de Aceite de Oliva Virgen Extra y otros productos.
• Adecuación y/o creación de espacios destinados a la difusión de las propiedades de los Aceites de Oliva Virgen Extra jiennenses mediante la realización de catas, degustaciones, exhibiciones gastronómicas, talleres, desayunos molineros, etc.
• Construcción, ampliación y/o adaptación de aseos para uso público.
• Primera instalación o mejora de señalización, tanto exterior como interior, que favorezca la accesibilidad a la almazara y sus instalaciones anexas, así como el recorrido interpretativo por el interior de la misma.
• Dotación de contenidos interpretativos alusivos al proceso de extracción de aceite mediante la adquisición e instalación de los soportes proyectados.
• Inversiones destinadas a la mejora de la accesibilidad en las instalaciones, tanto la accesibilidad física a las distintas dependencias de la almazara y sus instalaciones anexas como a los contenidos interpretativos de la misma.
• Adecuación de espacios para usos gastronómicos.
• Cualquier otra inversión dirigida a la puesta en uso turístico de las almazaras y sus instalaciones anexas.
Los gastos subvencionables serán de naturaleza inventariable y consistirán en la adquisición del siguiente inmovilizado necesario para la realización de de la actividad turística de empresa, de acuerdo con el Plan General Contable:
• 2.0.6. Aplicaciones informáticas.
• 2.1.1. Construcciones
• 2.1.2. Instalaciones técnicas
• 2.1.6. Mobiliario
• 2.1.7. Equipos para procesos de información
Se tratará de inversiones en elementos nuevos, directamente relacionadas con la actividad, que no se hallen cedidos a terceros, con o sin contraprestación y que no hayan sido fabricados por la propia empresa solicitante.
Plazo de ejecución:
Desde el 1 de enero de 2025 hasta al 30 de junio de 2026.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.