subvenciones a Proyectos de Investigación orientados a la Implantación de la Medicina Personalizada de Precisión, bajo el PERTE para la Salud de Vanguardia y en el marco del PRTR.

Estado: Cerrada
Objeto:

La actuación que contempla esta convocatoria tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de concesión de subvenciones para fomentar la implementación de la Medicina Personalizada de Precisión a través de la investigación científica, mediante la financiación de proyectos que hagan posible el desarrollo e implementación en el SNS de actuaciones clínico-asistenciales que, bajo el concepto global de Medicina Personalizada de Precisión y, en coordinación con la infraestructura IMPaCT permitan mejorar la prevención, el diagnóstico el tratamiento y la calidad de vida de la población.
Serán susceptibles de financiación los proyectos de calidad contrastada dirigidos a impulsar la Medicina Personalizada de Precisión, principalmente en su relación a la prevención y detección precoz en relación con, o en directa traslación a, la cohorte IMPaCT. A efectos de esta convocatoria, se entiende que el avance del conocimiento está íntimamente relacionado con la integración y análisis de datos genómicos, proteómicos u otras tecnologías de identificación molecular en seres humanos, combinados con información clínica, conductual, y medioambiental con perspectiva poblacional, incorporando si fuese necesario la utilización de tecnologías avanzadas de procesamiento y análisis de datos.

Referencia: 775066

Publicación oficial: 17/07/2024

Fecha inicio convocatoria: 18/07/2024

Fecha fin convocatoria: 05/09/2024

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Órgano: INSTITUTO DE SALUD CARLOS III (ISCIII)

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 25.000.000,00 €
Sector: Investigación, desarrollo e innovación, Sanidad y salud
Procedimiento de concesión: concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta actuación todas las entidades que desarrollen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud, de acuerdo con los requisitos establecidos en la Orden de bases, conforme a una de las siguientes tipologías de centros:
1.º Los institutos de investigación sanitaria acreditados por orden ministerial (IIS).
2.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.
3.º Las entidades e instituciones sanitarias públicas sin licencia de actividad sanitaria, pero con actividad de I+D+I demostrable en el área de conocimiento de Salud Pública.
4.º Las entidades e instituciones sanitarias privadas, con licencia de actividad sanitaria, vinculadas o concertadas al SNS, que cumplan con las condiciones recogidas en la ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, Título III, artículo 67, que regula la vinculación a la red pública de hospitales del sector privado.
5.º Los OPI definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 202/2021, de 30 de marzo por el que se reorganizan determinados organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y se modifica el Real Decreto 1730/2007, de 21 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y se aprueba su Estatuto, y el Real Decreto 404/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
6.° Las universidades públicas y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
7.° Otros centros públicos de I+D, de investigación y de difusión de conocimientos y de infraestructuras de investigación, con personalidad jurídica propia, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica, siempre que en sus Estatutos, en la normativa que los regule, o en su objeto social, tengan definida entre sus actividades la I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
8.° Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.
9.º Los consorcios públicos y los consorcios públicos estatales con actividad en I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud.
10.º Otras unidades de la Administración sanitaria.

Solicitud:

Las solicitudes de participación serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 36 de la convocatoria.

La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Instituto de Salud Carlos III.
El plazo de generación y presentación de las solicitudes y de la restante documentación necesaria se inicia el 18 de julio de 2024 y finaliza a las 15:00 horas, hora peninsular, del 5 de septiembre de 2024.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

logos diputacion de jaen euorpa 1

Menú Principal