Subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, y para sufragar los gastos de funcionamiento

Estado: Cerrada
Objeto:

La presente subvención tiene por objeto la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, así como la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos de ámbito estatal para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

Referencia: 851502

Publicación oficial: 14/08/2025

Fecha inicio convocatoria: 18/08/2025

Fecha fin convocatoria: 12/09/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL

Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 3.671.120,00 €
Sector: Agricultura, Empleo, Ganadería, Servicios municipales
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

a) De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo.

· Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal.

· Otras asociaciones, fundaciones y universidades.

b) Para los gastos de funcionamiento:

· Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial.

Cuantía de la ayuda:

– Para las siguientes actividades:

  1. Acciones de apoyo y asesoramiento a emprendedores y autónomos.
  2. Programas de fomento de la cultura emprendedora y del autoempleo.
  3. Campañas de comunicación y divulgación orientadas a la promoción del trabajo autónomo y que se realicen a través de cualquier medio de comunicación.

el importe máximo de la subvención a conceder será de 150.000 euros.

 

– Para las siguientes actividades

  1. Elaboración y publicación de estudios, trabajos de documentación, análisis e investigación relativos al trabajo autónomo.
  2. Actividades de formación tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento del trabajo autónomo, siempre que no vayan dirigidas, total o parcialmente, a las personas trabajadoras integrantes de la entidad beneficiaria.
  3. Organización de congresos, seminarios, jornadas, presencia en ferias y otras actividades de naturaleza similar, con convocatoria pública de realización de la actividad, que tengan por objeto la promoción del trabajo autónomo.

el importe máximo de la subvención a conceder será de 50.000 euros.

Solicitud:

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Trabajo Autónomo y deberán presentarse a través de la sede electrónica asociada del Ministerio de Trabajo y Economía Social mediante firma electrónica.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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