Subvenciones 2025 para el fomento de la igualdad de género, destinadas a la promoción de la creación, producción y difusión artística y cultural
La presente Resolución tiene por finalidad, convocar para el año 2025, subvenciones para el fomento de la igualdad de género, destinadas a la promoción de la creación, producción y difusión artística y cultural, en el ámbito de las competencias y objetivos encomendados al Instituto de las Mujeres.
Referencia: 835992
Publicación oficial: 30/05/2025
Fecha inicio convocatoria: 02/06/2025
Fecha fin convocatoria: 30/06/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE IGUALDAD
Órgano: INSTITUTO DE LAS MUJERES
Podrán acceder a la condición de beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria:
1. Las personas físicas, que deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad de obrar.
b) Tener cumplidos 18 años de edad.
c) Tener la nacionalidad española, de un estado miembro de la Unión Europea, o extracomunitaria y ser residente en España.
d) Dominio oral y escrito del idioma español.
2. Las entidades de naturaleza jurídica privadas (tanto asociaciones como otras entidades jurídicas privadas sin ánimo de lucro) y ONGs, en adelante entidades. A estos efectos, se considerarán, también, entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan, en su totalidad, en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
Podrán ser solicitantes las sociedades de capital que no tengan ánimo de lucro en el desarrollo de la totalidad de sus actividades. En este último caso, cuando los Estatutos de la entidad no mencionen expresamente carecer de ánimo de lucro, deberán acreditarlo mediante la memoria anual de los últimos 3 años, en la que se refleje que reinvierte la totalidad de los beneficios de las actividades de carácter comercial en el cumplimento de sus fines institucionales.
En todo caso, deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de publicación de la convocatoria:
a) Que conste, entre los fines y/o actividades estatutarias de la entidad, la relación con la creación artística, la promoción y/o difusión de actividades culturales.
b) Que conste, entre los fines y/o actividades estatutarias de la entidad, el fomento de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en el supuesto de que se trate de entidades que no sean específicamente de mujeres.
c) Que al menos el 70 por ciento de las personas que compongan los órganos con capacidad decisoria y ejecutiva sean mujeres.
d) Estar legalmente constituidas y, en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público.
La financiación de cada proyecto se realizará por un importe mínimo de 1.500 euros y máximo de 10.000.
El texto completo de esta convocatoria y sus anexos, están disponibles en la página Web del Instituto de las Mujeres: https://www.inmujeres.gob.es/servRecursos/convocatorias/2025/FomIgualProdCreArtistica.htm.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.