Premios Nacionales de Comercio Interior 2024.
Los Premios Nacionales de Comercio Interior fueron creados por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 16 de julio de 1997, con objeto de reconocer la especial labor de los ayuntamientos en sus actividades de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades y de los pequeños comercios en su labor de desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora dela tecnología y la asociación de empresas.
Referencia: 793698
Publicación oficial: 30/10/2024
Fecha inicio convocatoria: 31/10/2024
Fecha fin convocatoria: 30/11/2024
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Órgano:
Los premios se convocan en tres modalidades: ayuntamientos, centros comerciales abiertos y pequeño comercio.
Las candidaturas podrán presentarse directamente por los interesados, o bien por asociaciones empresariales, corporaciones o entidades de derecho público.
Los candidatos podrán presentar sus solicitudes (la solicitud se formalizará en el modelo normalizado que figura como anexo de la convocatoria en la sede electrónica), junto con la correspondiente documentación, dirigidas a la Dirección General de Política Comercial, a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Comercio, a través de la dirección:https://serviciosede.mineco.gob.es/FB/HomeFB.aspx?control=313_SOL_PRENAC
Solicitud a la que se anexarán telemáticamente los documentos en el formato electrónico correspondientes. No obstante, los adjudicatarios deberán presentar copias autenticadas o los documentos originales, si les fueran requeridos, conforme lo establecido en el artículo 28.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, para aquellos que no tengan la obligación ni la posibilidad de relacionarse mediante medios electrónicos, la presentación de solicitudes se realizará a través del Registro General del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Paseo de la Castellana nº 162, 28046 Madrid, o en cualquiera de los registros y oficinas previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.