ORDEN POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA LA FINANCIACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES PARA LA TRANSFORMACIÓN TERRITORIAL Y LA LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN, PROMOVIDOS POR ENTIDADES LOCALES, DURANTE EL EJERCICIO DE 2025

Estado: Cerrada
Objeto:

La presente orden tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2025, las subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación promovidos por entidades locales, que tengan estas características:

a) Los proyectos deberán aportar una visión integral del problema demográfico de la zona en la que se prevé que se desarrolle, tener en cuenta las diferentes perspectivas y, preferentemente, abordar respuestas transferibles para otras zonas rurales con problemas demográficos similares.

b) Los proyectos deberán tener como objetivo propiciar la reactivación social y económica de zonas con problemas de despoblación, mediante la revalorización del espacio rural; y ello desde una dimensión socioeconómica, medioambiental y de género. c) Los proyectos deben tener un contenido innovador para el territorio, de modo que promuevan el desarrollo y ejecución de nuevas actividades económicas, la generación de nuevos puestos de trabajo o el mantenimiento de los ya existentes.

Referencia: 871639

Publicación oficial: 04/12/2025

Fecha inicio convocatoria: 05/12/2025

Fecha fin convocatoria: 20/01/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Órgano:

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 40.000.000,00 €
Sector: Igualdad, Investigación, desarrollo e innovación, Justicia, Servicios municipales, Servicios sociales
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias, para actuaciones que se desarrollen en su ámbito territorial, las siguientes entidades:

a) Las entidades locales recogidas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, con excepción de las áreas metropolitanas.

b) Otras entidades locales, reguladas por la normativa autonómica, que tengan atribuidas las competencias y tengan la capacidad de gestión suficiente para desarrollar el proyecto para el que se solicita la subvención.

c) Las comunidades autónomas uniprovinciales, en el ejercicio de las competencias que corresponden a las diputaciones provinciales, y de acuerdo con el artículo 40 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

d) Las agrupaciones de entidades locales que estén constituidas conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que todas las entidades agrupadas cumplan las condiciones de admisibilidad.

e) Los consorcios adscritos a la Administración Local, definidos en el artículo 118 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público

Cuantía de la ayuda:

El importe total máximo de las ayudas que se concedan en el marco de esta Orden será de 40.000.000,00 €

Solicitud:

Las subvenciones reguladas por esta orden se podrán solicitar a partir del día siguiente tras la publicación de su extracto en el «Boletín Oficial del Estado», y hasta el día 20 de enero de 2026.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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