Orden por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con una población igual o superior a 50.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Eventos Adversos, con vigencia limitada para esta convocatoria.

Estado: Cerrada

Referencia: 868799

Publicación oficial: 17/11/2025

Fecha inicio convocatoria: Sin determinar

Fecha fin convocatoria: 17/02/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Órgano:

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 774.003,19 €
Procedimiento de concesión: Concesión directa
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán ser entidades beneficiarias los municipios de la Comunidad Autónoma de Andalucía con una población igual o superior a 50.000 habitantes, según los datos de población correspondientes al último año publicado por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA).

Cuantía de la ayuda:

1. La subvención cubrirá el 100% de los costes subvencionables de las actuaciones, con un máximo de 60.000 € por entidad beneficiaria y un mínimo de 15.000 €.

2. La percepción de estas subvenciones, será compatible con otras fuentes de cofinanciación, subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o de organismos internacionales, siempre y cuando la cuantía total de la financiación recibida para cada una de las actuaciones subvencionables seleccionadas no supere el coste total de la actuación a financiar. Sin embargo, la financiación aportada por este PIMA Eventos Adversos es incompatible con los Proyectos Clima, promovidos a través del Fondo de Carbono para una Economía Sostenible (FES-CO2).

Actividades subvencionables:

1. Serán susceptibles de subvención los costes directamente relacionados con la realización de proyectos piloto orientados a la sensibilización y capacitación de personas y comunidades vulnerables antes los episodios de olas de calor que se apoyen en su desarrollo en instrumentos que incluyan:

a) Sensibilizar a la población sobre los efectos adversos de las olas de calor:

1.º Desarrollo de campañas de información pública a nivel local, centradas en la sensibilización y comunicación de riesgos asociados a las olas de calor, utilizando diversos medios de difusión como radio, televisión, prensa y plataformas digitales, mediante la emisión de mensajes clave o entrevistas especializadas.

2.º Dinámicas participativas y comunitarias, como representaciones creativas a través de teatro y dramatizaciones sobre los riesgos de las olas de calor, o ferias de salud climática para informar a la población sobre los efectos del calor y cómo prevenirlos.

3.º Elaboración de recursos divulgativos, como infografías, vídeos, folletos y materiales informativos, para concienciar sobre los efectos del calor.

4.º Actividades de sensibilización sobre la relevancia de los sistemas de alerta frente a los riesgos de calor extremo y la garantía de acceso a la información clave, con especial atención a las comunidades más vulnerables.

b) Capacitación de comunidades para enfrentar las olas de calor mediante estrategias de respuesta efectivas, abarcando la prevención, la autoprotección en situaciones de riesgo inminente y la recuperación posterior:

1.º Talleres educativos orientados a la prevención, protección y recuperación frente a las olas de calor, priorizando las intervenciones en sectores de alto riesgo como: centros educativos, residencias de mayores, unidades de atención sanitaria, centros de día para personas mayores, trabajadores expuestos al aire libre, etc.

2.º Talleres interactivos y/o de primeros auxilios específicos para calor extremo.

3.º Simulacros comunitarios donde los miembros de la comunidad simulan un evento de ola de calor y ponen en práctica las medidas de protección.

4.º Capacitación para la elaboración de planes locales de actuación frente a olas de calor y altas temperaturas. Estas actuaciones estarán dirigidas a gobiernos locales, instituciones de salud, organizaciones comunitarias, empresas, servicios sociales y otros actores clave involucrados en la protección de la población frente a las altas temperaturas.

2. Serán subvencionables las actuaciones que se hayan iniciado con posterioridad a la fecha de notificación del reparto de créditos a las Comunidades Autónomas, siendo esta de fecha 2 de octubre de 2024 y finalicen antes del 3 de octubre de 2028.

3. No se financiarán las tipologías de actuaciones que no sean compatibles con los objetivos previstos en el PIMA Eventos Adversos.

4. Cada municipio sólo podrá presentar una solicitud de acuerdo con el artículo 3 de la orden de bases reguladoras de la convocatoria.

5. Las solicitudes de subvención se presentarán en formato electrónico, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, ajustándose al modelo normalizado establecido en el Anexo II de la citada orden, disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, código de procedimiento 25809, a través del siguiente enlace:

 

Solicitud:

A partir día siguiente publicación del Extracto en BOJA

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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