FEDER- Fomento actuaciones de desarrollo y consolidación de la infraestructura verde de ciudades españolas

Estado: Cerrada
Objeto:

El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de ayudas para apoyar proyectos que promuevan actividades que contribuyan a la renaturalización urbana, impulsando el desarrollo, mejora y consolidación de la infraestructura verde y la conectividad de los espacios verdes y azules, con el objetivo de incrementar la biodiversidad y su conservación y la adaptación al cambio climático y de mejorar la habitabilidad de los entornos urbanos, de tal manera que se contribuya a generar un impacto socioeconómico positivo e integrando la igualdad de género y de oportunidades de forma transversal.

La presente convocatoria se ajusta a la línea de ayuda definida en el apartado 1 del artículo 1.3 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, «Desarrollo y consolidación de la infraestructura verde para la renaturalización y resiliencia de entornos urbanos».

Referencia: 804414

Publicación oficial: 21/12/2024

Fecha inicio convocatoria: 24/12/2024

Fecha fin convocatoria: 27/02/2025

Financiación: FEDER

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Órgano:

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 39.794.626,00 €
Sector: Agricultura, Calidad, Cambio Climático, Eficiencia energética, Ganadería, Infraestructuras, Servicios municipales, Transición Ecológica
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva – canónica
Ámbito geográfico: Nacional
Beneficiarios:

1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, para la línea de ayuda 1, podrán obtener la condición de entidad
beneficiaria las siguientes entidades:
a) Ayuntamientos de capitales de provincia y ayuntamientos de municipios con una población de más de 20.000 habitantes conforme a las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2023. La información sobre el Padrón municipal se puede consultar en la página web del Instituto Nacional de Estadística, www.ine.es
b) Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
c) Diputaciones provinciales y forales, cabildos y consejos insulares, así como áreas metropolitanas, siempre y cuando, al menos, uno de los municipios en el que se desarrollen las actuaciones del proyecto tenga una población de más de 20.000 habitantes, y el resto de los municipios en los que se prevean actuaciones sean colindantes a este y tengan, como mínimo, una población de 5.000 habitantes, conforme a las cifras resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2023. La información sobre el Padrón municipal se puede consultar en la página web del Instituto Nacional de Estadística, www.ine.es.

2. Podrán asimismo obtener la condición de beneficiarias las siguientes entidades, siempre y cuando se integren en agrupaciones junto con, al menos, una entidad del apartado 1 que deberá, en todos los casos, actuar como coordinadora de la agrupación:

a) Entidades que integran la Administración local.
b) Consorcios, mancomunidades, organismos públicos y entidades de derecho público no sujetos al derecho privado.
c) Otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro

d) Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado y de las comunidades autónomas.
e) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
f) Organizaciones y colegios profesionales.
g) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica sin ánimo lucro de ámbito estatal, inscritos en el registro de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.
h) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i en cuyos estatutos o en su normativa de aplicación se incluya expresamente la I+D+i.
i) Autoridades portuarias y Puertos del Estado. En cualquier caso, los municipios que integren las agrupaciones deben ser limítrofes y participar de un proyecto común. Para esta convocatoria, el número máximo de integrantes de una agrupación se establece en cuatro.

 

Cuantía de la ayuda:

1. La dotación máxima global de la convocatoria es de hasta 39.794.626 €. La dotación máxima por región se establece atendiendo a la distribución geográfica del presupuesto determinada por la Subdirección General de Gestión del FEDER al inicio del periodo de programación 2021-2027.
2. El importe total mínimo por proyecto será de 2.500.000 € y el máximo de 3.500.000 €. Las solicitudes que se presenten fuera de este rango no serán
admitidas.

3. La intensidad de la subvención será, como máximo, del 85% en el caso de las actuaciones localizadas en las Comunidades Autónomas de Canarias, Andalucía, Castilla – La Mancha, Extremadura y las Ciudades Autónomas de Ceuta, y Melilla; el 60% en el caso de las actuaciones ubicadas en las Comunidades Autónomas de Asturias, Islas Baleares, Cantabria, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja y Región de Murcia y el 40% en el caso de las actuaciones ubicadas en las Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra y País Vasco.

Solicitud:

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará desde el día siguiente a la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta el día 27 de febrero de 2025, en los términos y condiciones especificados en la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

logos diputacion de jaen euorpa 1

Menú Principal