Convocatoria para el ejercicio 2026 de las subvenciones reguladas en la Orden de 12 de octubre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, de la Iniciativa ALMA Andalucía.

Estado: Abierta
Objeto:

El objeto de esta Iniciativa es incrementar las habilidades, conocimientos y experiencias de personas jóvenes que ni estudian ni trabajan, para mejorar su autonomía, iniciativa y autoconfianza de forma que promuevan su activación para integrarse en la sociedad, a través del mercado laboral o del sistema educativo.

Referencia: 902607

Publicación oficial: 11/05/2026

Fecha inicio convocatoria: 12/05/2026

Fecha fin convocatoria: 09/06/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 3.162.740,00 €
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

1. Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente resolución las entidades previstas en el apartado 4.a).1.º y que reúnan todos los requisitos indicados en el apartado 4.a).2.º, ambos del Cuadro Resumen de las bases reguladoras.

2. A efectos de la presente convocatoria serán personas destinatarias las mujeres jóvenes con una edad comprendida entre 18 y 29 años, ambos inclusive, que no cursen estudios reglados ni reciban formación y estén inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) y en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, según lo establecido en el apartado 2.a).2.ºb) del Cuadro Resumen.

Asimismo, las personas destinatarias deben presentar alguna de las condiciones de vulnerabilidad previstas en el apartado 2.a).2.ºc) del Cuadro Resumen de las bases reguladoras en relación con el resolutorio quinto de la resolución de la convocatoria.

Cuantía de la ayuda:

1. Las ayudas se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo correspondiente a la siguiente partida presupuestaria, y con una cuantía máxima de tres millones ciento sesenta y dos mil setecientos cuarenta euros (3.162.740,00 €):

Línea Subvencionable Partida Presupuestaria Medida Comunitaria Importe Línea (€) 2026 Importe Línea (€) 2027 Importe Total
Colectivo Mujeres Jóvenes 1439168023 G/32L/48002/00 D442HCE2ER 2.530.192,00 € 632.548,00 € 3.162.740,00 €

Los compromisos de gastos de carácter plurianual adquiridos serán conforme a lo establecido en el artículo 40 del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y su normativa de desarrollo, conforme a las distribuciones por anualidades e importes establecidos en la presente convocatoria.

2. Las subvenciones se financian con cargo a la medida comunitaria D442HCE2ER, en programa 32L del Fondo Social Europeo Plus de Andalucía 2021-2027, que tiene una tasa de cofinanciación del 85%, computando como financiación de la Administración de la Junta de Andalucía el 15%.

El porcentaje máximo de subvención será del 100%.

3. En la actual convocatoria se podrá también prever que, tras la resolución de concesión, los sobrantes de los créditos estimados posibiliten una resolución complementaria de concesión de la subvención que incluya solicitudes, respetando su orden de evaluación, que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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