Convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa NEOTEC).

Estado: Abierta
Objeto:

Serán objeto de ayuda los nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.

No serán objeto de ayuda los proyectos empresariales que no se adecuen a lo previsto en la convocatoria.

Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento.

Las ayudas consistirán en subvenciones. Con carácter general se podrá financiar hasta el 70 % del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria.

En las actuaciones que incluyan la contratación laboral de al menos un doctor o doctora, en los términos previstos en la convocatoria, se podrá financiar hasta el 85% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 325.000 euros por entidad beneficiaria.

Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 18.300 euros en las actuaciones que hayan solicitado la formación prevista en la convocatoria.

El presupuesto mínimo financiable de la actuación deberá ser de 175.000 euros y máximo financiable de 750.000 euros, sin contar con los gastos de formación previstos en la convocatoria.

Referencia: 896999

Publicación oficial: 08/04/2026

Fecha inicio convocatoria: 14/04/2026

Fecha fin convocatoria: 14/05/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Órgano: SUBSECRETARÍA DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 20.383.300,00 €
Sector: Investigación, desarrollo e innovación
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las sociedades mercantiles que tengan la consideración de pequeñas empresas, conforme a la definición establecida en el artículo 3, apartado 1.a) y en el apartado 10 del Anexo de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, que cumplan además los requisitos para considerarse empresa innovadora, según lo establecido en el apartado 6 del Anexo de la referida Orden, siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia, domicilio fiscal en España y cumplan el resto de requisitos establecidos en la convocatoria.

No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria.

Cuantía de la ayuda:

El presupuesto máximo de esta convocatoria asciende a 20.383.300 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI.

De dicho importe, se reservará un importe mínimo de 5.000.000 euros para empresas lideradas por mujeres, en los términos previstos en la convocatoria, siempre que no hayan obtenido financiación con cargo al presupuesto restante, que se adjudicará a las solicitudes con mayor valoración, por orden de prelación. El crédito reservado para empresas lideradas por mujeres que no se agote se acumulará a la línea general.

Del presupuesto disponible de la convocatoria, se destinarán 383.300 euros a las actividades de capacitación y formación previstas en el anexo II de la convocatoria. Estos fondos sólo podrán destinarse a financiar estas actividades.

El presupuesto podrá incrementarse conforme a lo previsto en la convocatoria.

Solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 14 de abril de 2026 y finalizará el 14 de mayo de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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