Convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de fortalecimiento de la convivencia y prevención de la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos
Concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las entidades sin ánimo de lucro, en particular, las entidades religiosas pertenecientes a confesiones minoritarias, para llevar a cabo actuaciones que tengan por finalidad visibilizar la diversidad de creencias y convicciones, fomenten actitudes que valoren el derecho fundamental de libertad religiosa para todas las personas y contribuyan a prevenir los prejuicios, la intolerancia y la discriminación por motivos religiosos.
Las ayudas irán destinadas a subvencionar las siguientes actuaciones:
a. Iniciativas de recuperación de la memoria y preservación y difusión del patrimonio histórico y cultural, material e inmaterial, de las confesiones minoritarias. Esto incluye, entre otras actividades, la creación, mantenimiento y digitalización de archivos históricos, el desarrollo de iniciativas de recuperación de la memoria oral, el diseño de exposiciones físicas o virtuales, la creación de rutas o señalización de lugares históricos o emblemáticos, la producción de materiales divulgativos, o la celebración de eventos que den a conocer a la sociedad en general sus tradiciones, festividades y celebraciones.
b. Actividades que fomenten el encuentro y el diálogo entre personas y comunidades de diferentes religiones y convicciones no religiosas, promoviendo el respeto mutuo y el entendimiento. Incluyen, entre otras, actividades de convivencia e intercambio que faciliten el conocimiento mutuo, encuentros y debates sobre temas de interés común, programas de visitas a centros de culto para conocer y comprender las diferentes prácticas y tradiciones religiosas, exposiciones y actividades artísticas que reflejen la diversidad de creencias y promuevan el diálogo interconviccional.
c. Actividades que pongan en valor el derecho de libertad religiosa y la pluralidad de convicciones y/o que ayuden a combatir la discriminación, la intolerancia y el discurso de odio por motivos religiosos: jornadas, talleres, acciones formativas, exposiciones, campañas, materiales y recursos en distintos formatos incluidos digitales, audiovisuales y/o lúdicos y actividades afines.
Referencia: 928103
Publicación oficial: 09/09/2026
Fecha inicio convocatoria: 10/09/2026
Fecha fin convocatoria: 09/10/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA
Órgano: FUNDACIÓN PLURALISMO Y CONVIVENCIA, F.S.P.E.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas concedidas al amparo de esta convocatoria, las asociaciones, fundaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro constituidas al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, así como las entidades religiosas recogidas en el artículo 8 de los estatutos de la Fundación Pluralismo y Convivencia F.S.P.
Quedan excluidas como posibles beneficiarias las entidades societarias con ánimo de lucro, las entidades de derecho público, los partidos políticos, los colegios profesionales y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza que los citados anteriormente.
Las entidades beneficiarias deberán tener su sede en España y estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
No podrán obtener la condición de beneficiarias de las ayudas las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
No podrán tener la condición de beneficiarias las entidades que hayan obtenido financiación en la convocatoria inmediatamente anterior a ésta.
La cuantía máxima de la ayuda se establece en 10.000 euros por proyecto, lo que deberá representar, como máximo, el 75% de su coste total, correspondiendo a la entidad beneficiaria cubrir con fondos propios u otras subvenciones, el tanto por ciento no financiado con la ayuda.
Los solicitantes deberán presentar las solicitudes mediante medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en www.mpr.sede.gob.es accediendo a la Convocatoria 2026 desde el procedimiento abierto de la Fundación Pluralismo y Convivencia, F.S.P.
Cada entidad solicitante solo podrá presentar un único proyecto.
Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos normalizados que estarán disponibles en la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes https://mpr.sede.gob.es/categoria?idCat=100279, todos ellos firmados electrónicamente por la persona que ostente la representación legal de la entidad.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.