Concesión de subvenciones públicas para el fomento del empleo de personas con discapacidad en centros especiales de empleo y en el mercado ordinario de trabajo.

Estado: Cerrada
Objeto:

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de las bases reguladoras, estas subvenciones tienen por objeto fomentar la inclusión laboral y el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido, así como fomentar su inserción laboral en el mercado ordinario de trabajo.

Referencia: 897805 a 897813 y 897791.

Publicación oficial: 15/04/2026

Fecha inicio convocatoria: 16/04/2026

Fecha fin convocatoria: 16/05/2026

Financiación: Sin determinar

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 110.000.000 €
Sector: Empleo
Procedimiento de concesión: Concurrencia no Competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1 de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarios de las líneas 1, 2, 3 y 4 de subvenciones, los centros especiales de empleo que cumplan los requisitos comunes previstos en el artículo 3 y los requisitos específicos de cada línea de subvención establecidos en la correspondiente sección del capítulo II de las bases reguladoras.

Si el centro estuviere incurso en un procedimiento de descalificación, no se dictará resolución hasta que haya concluido, en vía administrativa, el procedimiento de cancelación de la calificación como centro especial de empleo.

2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarias de las líneas 5 y 6 de subvenciones, las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo, así como las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que incorporen a personas trabajadoras con discapacidad como socios y socias, entendiéndose que las referencias a la contratación indefinida se extienden a la incorporación de personas socias trabajadoras, que cumplan los requisitos comunes previstos en el artículo 3 y los requisitos específicos de cada línea de subvención establecidos en la correspondiente sección del capítulo III de las bases reguladoras.

Cuantía de la ayuda:

1. Las subvenciones objeto de esta convocatoria se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias, y con una cuantía máxima de ciento diez millones de euros (110.000.000 euros):

a) Línea 1. Subvención a la inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026
1400180000 G/32K/76000/00 S0574 2024001257 1.000,00 €
1400180000 G/32K/77000/00 S0574 2023000296 787.000,00 €
1400180000 G/32K/78000/00 S0574 2023000298 99.300,00 €
TOTAL 887.300,00 €

 

b) Línea 2. Subvención al mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en centros especiales de empleo.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026
1400180000 G/32K/46008/00 S0574 850.000,00 €
1400180000 G/32K/47008/00 S0574 96.809.600,00 €
1400180000 G/32K/48008/00 S0574 9.280.000,00 €
TOTAL 106.939.600,00 €

 

c) Línea 3. Subvención a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026
1400180000 G/32K/76001/00 S0574 2024001257 1.000,00 €
1400180000 G/32K/77001/00 S0574 2023000296 32.500,00 €
1400180000 G/32K/78001/00 S0574 2023000298 13.300,00 €
TOTAL 46.800,00 €

 

d) Línea 4. Subvención para financiar las unidades de apoyo en centros especiales de empleo.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026
1400180000 G/32K/46006/00 S0574 17.193,00 €
1400180000 G/32K/47006/00 S0574 1.389.532,00 €
1400180000 G/32K/48006/00 S0574 106.875,00 €
TOTAL 1.513.600,00 €

 

e) Línea 5. Subvención a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026
1400180000 G/32K/47003/00 S0574 552.000,00 €
1400180000 G/32K/48003/00 S0574 39.000,00 €
TOTAL 591.000,00 €

 

f) Línea 6. Subvención a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo.

PARTIDAS PRESUPUESTARIAS PRESUPUESTO 2026
1400180000 G/32K/77002/00 S0574 2023000296 13.200,00 €
1400180000 G/32K/78002/00 S0574 2023000298 8.500,00 €
TOTAL 21.700,00 €

 

La distribución estimada por provincia se indica en el resuelve séptimo de la Resolución de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial por la que se convoca la concesión de estas líneas de subvención.

2. El importe anual correspondiente a cada persona beneficiaria por línea de subvención será la siguiente:

a) Línea 1: Hasta 15.000 euros, que se graduará en función de lo previsto en el artículo 8 de las bases reguladoras, por cada nueva contratación indefinida o por cada transformación en indefinido de contratos temporales o de duración determinada que se realicen con personas con discapacidad.

b) Línea 2: Un porcentaje sobre el coste real derivado de la prestación efectiva de trabajo por cada persona trabajadora, que variará en función del tipo y grado de discapacidad, de la temporalidad del contrato y de la pertenencia a determinados colectivos, conforme a lo previsto en el artículo 12 de las bases reguladoras.

c) Línea 3: Hasta 1.800 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada en plantilla durante un período mínimo de seis meses, sin que en ningún caso supere el coste real que, al efecto, se justifique por la referida adaptación, dotación o eliminación.

d) Línea 4: De 1.440 euros anuales por cada persona con discapacidad contratada por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses, en los términos previstos en la sección 4 de las bases reguladoras.

e) Línea 5: De 5.500 euros con carácter general y se irá incrementando en función de los parámetros previstos en el artículo 24 de las bases reguladoras.

f) Línea 6: Hasta 1.800 euros por persona trabajadora con discapacidad contratada en plantilla durante un período mínimo de seis meses, sin que en ningún caso rebase el coste real que, al efecto, se justifique por la referida adaptación, dotación o eliminación.

Solicitud:

1. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el BOJA.

2. La solicitud de subvención deberá ajustarse al formulario publicado con la convocatoria que figura como Anexo I y se presentará, junto a la documentación requerida, única y exclusivamente de forma electrónica en el modelo que estará disponible en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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