Concesión de subvenciones para la promoción del tejido profesional del flamenco en Andalucía.

Estado: Cerrada
Objeto:

Es objeto de la presente convocatoria, la promoción de una finalidad de interés público y social cuál es, apoyar al sector profesional del flamenco mediante la concesión de subvenciones para su promoción, en la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco en sus distintas expresiones de cante, toque y baile.

Referencia: 876454

Publicación oficial: 02/01/2026

Fecha inicio convocatoria: 03/01/2026

Fecha fin convocatoria: 30/01/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE CULTURA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 210.000,00 €
Sector: Cultura, Deporte
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas a la promoción del tejido profesional del flamenco, en la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: Las personas físicas o jurídicas privadas, dedicadas a la creación, producción y comercialización de espectáculos flamencos en sus distintas expresiones de cante, toque y baile, establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.

No podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro.

Cuantía de la ayuda:

La dotación económica de esta convocatoria se imputa a los créditos del capítulo IV del presupuesto de la Agencia y asciende a 210.000,00 €, distribuidos al 50% en dos anualidades, 105.000 euros con efectividad en caja en 2026 y 105.000 euros en la anualidad futura 2027. El importe máximo de la subvención por persona o entidad beneficiaria será: En la línea de subvenciones a la producción y creación de espectáculos de flamenco: 50.000,00 euros con el límite máximo del 75% de los gastos subvencionables.

Solicitud:

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, concluyendo el 30 de enero de 2026. Las solicitudes para concurrir a la presente convocatoria presentadas fuera del mencionado plazo serán inadmitidas.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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