Concesión de subvenciones en materia de drogodependencia y adicciones, dirigidas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el mantenimiento de sedes y desarrollo de programas, y a entidades locales andaluzas para la prevención comunitaria, en el ámbito de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias.
| Línea 1. Subvenciones para el mantenimiento de sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las adicciones. | |
|---|---|
| PERSONAS BENEFICIARIAS | Según se establece en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea: – Entidades privadas sin ánimo de lucro, de actuación en el ámbito provincial o local cuyo objeto o fin social sea la prevención y/o atención a las adicciones. – Federaciones de asociaciones de ámbito autonómico y demás entidades privadas sin animo de lucro de ámbito supraprovincial, cuyo objeto o fin social sea la prevención y/o atención a las adicciones. |
| OBJETO | El mantenimiento de las sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento de la actividad ordinaria de las mismas, a través de la financiación de los gastos de personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin, conforme a lo previsto en el apartado 5.c).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea. |
| IMPORTE | El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar hasta el 100% del importe solicitado, en los términos previstos en los apartados 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea. |
| Línea 2. Subvenciones a entidades locales destinadas al desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones «Ciudades ante las drogas». | |
|---|---|
| PERSONAS BENEFICIARIAS | Conforme dispone el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea: – Los Ayuntamientos y sus Agencias Administrativas Locales. – Los Consorcios y las Mancomunidades de Municipios. – Cualquier otra modalidad de cooperación interadministrativa de carácter local que de lugar a la creación de un ente con personalidad jurídica, prevista en el párrafo c), apartado 2, del artículo 62 de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía. |
| OBJETO | El desarrollo del Programa de Prevención Comunitaria en materia de adicciones «Ciudades ante las Drogas», mediante actuaciones dirigidas a toda la comunidad, enmarcadas entre las estrategias del Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones, si bien incidiendo en mayor medida en los sectores más jóvenes y en aquellos grupos de mayor riesgo social. |
| IMPORTE | El importe de la subvención a conceder a las entidades beneficiarias se concretará por la Comisión de Evaluación, en los términos previstos en los apartados 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras de la presente línea. |
| Línea 3. Subvenciones a entidades privadas destinadas al desarrollo de programas de drogodependencia y adicciones. |
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|---|---|
| PERSONAS BENEFICIARIAS | Según se establece en el apartado 4.a).1.º de las bases reguladoras de esta línea: – Entidades privadas sin ánimo de lucro, que tengan por objeto o fin social la prevención y/o atención a personas o colectivos en el ámbito de las adicciones. – No obstante, las subvenciones destinadas a financiar programas de formación solo podrán ser solicitadas por las federaciones de asociaciones regionales o provinciales y por entidades privadas de ámbito supraprovincial, cuyo objeto o fin social sea la atención a las personas con problemas de drogodependiencia y/o adicciones. |
| OBJETO | El desarrollo de Programas dirigidos a desarrollar actuaciones en materia de drogodependencia y adicciones, enmarcadas entre las estrategias del Plan Andaluz sobre Drogas y Adicciones vigente. |
| IMPORTE | El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar hasta el 100% del importe solicitado, en los términos previstos en los apartados 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de las bases reguladoras de esta línea. |
Referencia: 897911 (Línea 1) 897927 (Línea 2) 897930 (Línea 3)
Publicación oficial: 20/04/2026
Fecha inicio convocatoria: 21/04/2026
Fecha fin convocatoria: 11/05/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE SALUD
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades descritas para cada una de las líneas en el anexo que se acompaña a este extracto.
| LÍNEA | PARTIDAS PRESUPUESTARIA | CUANTÍA MÁXIMA | TOTAL |
|---|---|---|---|
| Línea 1. Subvenciones para el mantenimiento de sedes de entidades privadas dedicadas al ámbito de las adicciones. |
130002000G/31B/48202/00 01 130001000G/31B/48202/00 01 |
541.000,00 € 109.000,00 € |
650.000,00 € |
| Línea 2. Subvenciones a entidades locales destinadas al desarrollo de programas de prevención comunitaria de las adicciones «Ciudades ante las drogas». | 1300020000G/31B/46201/00 01 1300020000G/31B/46700/00 01 1300020000G/31B/46900/00 01 1300180000G/31B/46200/00S0066 |
302.346,00 € 49.154,00 € 18.500,00 € 847.000,00 € |
1.217.000,00 € |
| Línea 3. Subvenciones a entidades privadas destinadas al desarrollo de programas de drogodependencias y adicciones. |
130002000G/31B/48202/00 01 130001000G/31B/48202/00 01 1300180000G/31B/48200/00 S0066 | 861.367,62 € 106.490,38 € 1.621.226,00 € |
2.589.084,00€ |
1. Las solicitudes de entidades de ámbito autonómico o supraprovincial irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Cuidados, Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias. Las que tengan ámbito provincial o local, deberán dirigirse a la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial de Salud y Consumo de la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias.
2. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo establecido en el Anexo I que acompaña a la convocatoria, en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml.
Tanto la solicitud como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la Orden de 1 de julio de 2020, se podrán obtener en la siguiente dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html,
a la que también se podrá acceder desde el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de su extracto, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de las Bases Reguladoras Tipo.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.