Concesión de subvenciones de la Línea 3 reguladas en la Orden de 3 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la inserción laboral y el fomento de la contratación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Programa Emplea-T.
El objeto de la presente convocatoria es fomentar, por parte de personas trabajadoras autónomas, mutualistas de colegios profesionales y pymes, la conversión de contratos indefinidos ordinarios a jornada parcial en contratos indefinidos ordinarios a jornada completa para la mejora de la calidad del empleo.
Referencia: 892256 a 892258
Publicación oficial: 17/03/2026
Fecha inicio convocatoria: 18/03/2026
Fecha fin convocatoria: 30/06/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de las bases reguladoras, podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta línea:
a) Las personas trabajadoras autónomas y mutualistas de colegios profesionales que estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos de la Seguridad Social (RETA) o en la mutualidad alternativa correspondiente de sus colegios profesionales.
b) Las pymes.
Las subvenciones se concederán con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:
| ANDALUCÍA | ||||
|---|---|---|---|---|
| LÍNEA DE SUBVENCIÓN | PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 | ANUALIDAD 2027 | TOTAL |
| LÍNEA 3 | 1400180000 G/32K/47003/00 S0714 | 20.000.000 | 0 | 40.000.000 |
| 1400180000 G/32K/47015/00 S0574 | 0 | 20.000.000 | ||
| TOTAL | 20.000.000 | 20.000.000 | 40.000.000 | |
Distribución estimada por provincias:
Almería:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) |
|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/04 S0714 | 1.626.181 | 0 |
| 1400180000 G/32K/47015/04 S0574 | 0 | 1.626.181 |
| TOTAL | 3.252.362 | |
Cádiz:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) |
|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/11 S0714 | 2.639.911 | 0 |
| 1400180000 G/32K/47015/11 S0574 | 0 | 2.639.911 |
| TOTAL | 5.279.822 | |
Córdoba:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) |
|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/14 S0714 | 1.580.845 | 0 |
| 1400180000 G/32K/47015/14 S0574 | 0 | 1.580.845 |
| TOTAL | 3.161.690 | |
Granada:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) | |
|---|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/18 S0714 | 2.227.406 | 0 | |
| 1400180000 G/32K/47015/18 S0574 | 0 | 2.227.406 | |
| TOTAL | 4.454.812 | ||
Huelva:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) |
|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/21 S0714 | 1.027.788 | 0 |
| 1400180000 G/32K/47015/21 S0574 | 0 | 1.027.788 |
| TOTAL | 2.055.576 | |
Jaén:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) |
|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/23 S0714 | 1.190.827 | 0 |
| 1400180000 G/32K/47015/23 S0574 | 0 | 1.190.827 |
| TOTAL | 2.381.654 | |
Málaga:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) |
|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/29 S0714 | 5.105.729 | 0 |
| 1400180000 G/32K/47015/29 S0574 | 0 | 5.105.729 |
| TOTAL | 10.211.458 | |
Sevilla:
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD 2026 (€) | ANUALIDAD 2027 (€) |
|---|---|---|
| 1400180000 G/32K/47003/41 S0714 | 4.601.313 | 0 |
| 1400180000 G/32K/47015/41 S0574 | 0 | 4.601.313 |
| TOTAL | 9.202.626 | |
5. Las cuantías establecidas en el apartado anterior podrán ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso, se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de las ayudas que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.5 de las bases reguladoras.
6. La distribución provincial de los créditos tiene carácter estimado.
Para llevar a cabo la estimación provincial de los créditos disponibles en la Línea 3, se ha realizado un análisis de los contratos indefinidos a jornada parcial igual o inferior al 50 % de la jornada completa registrados durante el año 2025 y en enero de 2026, como indicador ampliado de la población potencialmente beneficiaria, así como del promedio anual para el año 2025 de afiliaciones en alta con relación laboral indefinida a jornada parcial igual o inferior al 50% y de las afiliaciones indefinidas a jornada parcial de estas características convertidas a jornada completa en el año 2025. Esta información procede de la explotación estadística realizada por el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía (IECA) a partir del fichero de afiliaciones mensuales en alta a la Tesorería General de la Seguridad Social del año 2025.
Para acceder a la condición de persona beneficiaria, las personas solicitantes deberán cumplir con carácter general, además de las condiciones específicas establecidas para la Línea 3 de subvención, los requisitos previstos en el artículo 4 de las bases reguladoras.
1. El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria hasta el 30 de junio de 2026.
2. En caso de que exista crédito disponible antes de la finalización del plazo inicialmente establecido, este podrá ser ampliado mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de incentivos para el empleo, que deberá ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Asimismo, podrá declararse finalizado el plazo de presentación de solicitudes, con anterioridad a la fecha prevista, cuando se haya agotado el crédito presupuestario previsto y no se prevea una ampliación del crédito durante el referido plazo, previa resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de incentivos para el empleo, que habrá de ser publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
3. Las solicitudes presentadas fuera de dicho plazo serán inadmitidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36.4 de las bases reguladoras.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.