BECA 6000
Facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado que curse estudios oficiales de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía y compensar la ausencia de ingresos como consecuencia de la dedicación de la persona solicitante al estudio
Referencia: 803090
Publicación oficial: 23/12/2024
Fecha inicio convocatoria: 24/12/2024
Fecha fin convocatoria: 24/01/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN
Podrá obtener la condición de persona beneficiaria el alumnado que curse estudios oficiales de Bachillerato o de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 21 ter del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, y en el artículo 3 de la Orden de 5 de julio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la Beca 6000, dirigida a facilitar la permanencia en el Sistema Educativo del alumnado de Bachillerato y de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Inicial y efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012.
1. La solicitud se cumplimentará, preferentemente, mediante el formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría Virtual de los centros docentes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/.
2. Las solicitudes se presentarán, preferentemente, a través de la Secretaría Virtual, no obstante se estará a lo dispuesto en la Orden de 5 de julio de 2011.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.