Ayudas para la recuperación de daños en infraestructuras municipales y red viaria provincial e insular, previstas en el apartado tercero del Acuerdo del Consejo de Ministros de 26 de agosto de 2025

Estado: Cerrada
Objeto:

Las subvenciones se destinarán a financiar los proyectos directamente relacionados con los siniestros detallados en el anexo de la convocatoria, que ejecuten los ayuntamientos, los consejos y cabildos insulares, las diputaciones provinciales o las comunidades autónomas uniprovinciales, las comarcas y las mancomunidades en los términos municipales y núcleos de población afectados, relativos a las obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades incluidos en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de la red viaria de las diputaciones provinciales, los consejos y cabildos insulares o, en su caso, de las comunidades autónomas uniprovinciales, de los daños provocados por alguno de dichos siniestros.

Referencia: 878316

Publicación oficial: 31/12/2025

Fecha inicio convocatoria: 01/01/2026

Fecha fin convocatoria: 05/02/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

Órgano: SUBSECRETARÍA DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 8.934.960,32 €
Sector: Infraestructuras
Procedimiento de concesión: Concesión directa
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias, las diputaciones provinciales, los consejos y cabildos insulares, y la administración de las comunidades autónomas uniprovinciales, cuyo territorio esté comprendido en el ámbito de aplicación de esta convocatoria; todo ello, sin perjuicio de la condición de interesado que corresponderá a las entidades que soliciten las subvenciones(Orden HAP/196/2015, de 21 de enero).

Solicitud:

Las solicitudes se podrán presentar, desde las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOE, por conducto de la BDNS, hasta las 15:00 horas del día 5 de febrero de 2026.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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