Ayudas de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología F.S.P.para el fomento de la cultura científica 2024.

Estado: Cerrada
Objeto:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas por la FECYT para la realización de actividades de fomento de la cultura científica que se desarrollen a través de las siguientes categorías de proyectos:
a. Proyectos de comunicación social de la ciencia y la tecnología
b. Programa anual de actividades UCC+I
c. Ferias de la ciencia
d. Proyectos singulares:
d.1. Ciencia ciudadana
d.2. Arte, Ciencia, Tecnología y Sociedad. (ACTS)
d.3. Investigación y práctica en la comunicación científica

Referencia: 776848

Publicación oficial: 25/07/2024

Fecha inicio convocatoria: 11/09/2024

Fecha fin convocatoria: 30/10/2024

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

Órgano: FUNDACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 5.000.000,00 €
Sector: Cultura, Educación, Formación, Investigación, desarrollo e innovación, Sanidad y salud
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva – canónica
Ámbito geográfico: Nacional
Cuantía de la ayuda:

Se otorgarán ayudas hasta una cuantía máxima del setenta por ciento del coste total de las actuaciones objeto de la solicitud presentada, con un límite de 100.000 euros por solicitud presentada.

Solicitud:

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayudas se iniciará el día 11 de septiembre de 2024 y finalizará el día 30 de octubre de 2024, a las 13 horas (hora peninsular española).

Una vez elevada a definitiva la solicitud por el responsable de la acción, se deberá proceder a la firma electrónica de los documentos por parte del representante legal de la entidad solicitante.
La firma electrónica del formulario y del resto de la documentación se podrá realizar durante todo el periodo de presentación de solicitudes y solo se entenderán debidamente presentadas las solicitudes cuando hayan sido firmadas electrónicamente por parte del representante legal de la entidad solicitante antes de que finalice dicho plazo.

Toda solicitud no firmada electrónicamente por el representante legal en el momento del cierre del plazo de presentación de solicitudes se entenderá como no presentada.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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