Ayudas al teatro y al circo correspondientes al año 2025
Ayudas al teatro y al circo en régimen de concurrencia competitiva del INAEM, en el marco de las competencias de este organismo y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados en orden a la preservación del patrimonio cultural teatral y circense y a su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas Comunidades Autónomas, la igualdad de toda la ciudadanía en el acceso a los servicios culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Referencia: 816671
Publicación oficial: 26/02/2025
Fecha inicio convocatoria: 27/02/2025
Fecha fin convocatoria: 20/03/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Órgano: INSTITUTO NACIONAL DE LAS ARTES ESCÉNICAS Y DE LA MÚSICA
Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Las personas o entidades solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellas personas o entidades solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 10.096.138,00 euros.
En ningún caso la ayuda concedida podrá superar el 65 por ciento del coste total estimado del proyecto presentado para la obtención de la subvención, con la salvedad de las entidades que soliciten ayuda para la realización de circuitos de teatro y circo (modalidad D1) y las asociaciones, federaciones y confederaciones de ámbito estatal y proyección internacional para actividades teatrales y circenses (modalidad E1), casos en los que la cuantía máxima no podrá superar el 80 por ciento.
La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:
A1, A2 y A3: 70.000 euros
A4: 100.000 euros
A5 y A6: 70.000 euros
A7: 200.000 euros
A8: 55.000 euros
A9: 250.000 euros
B1: 55.000 euros
B2: 40.000 euros
B3: 210.000 euros
C1 y C2: 110.000 euros
C3: 55.000 euros
D1: 200.000 euros
E1: 140.000 euros
F1: 40.000 euros
El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.