Ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, gestionadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Se convoca en régimen de concurrencia competitiva la concesión de ayudas a la consolidación para el año 2024 para las organizaciones profesionales del sector pesquero de ámbito nacional y transnacional.
Referencia: 793135
Publicación oficial: 01/11/2024
Fecha inicio convocatoria: 04/11/2024
Fecha fin convocatoria: 15/11/2024
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Órgano: SECRETARÍA GENERAL DE PESCA
Podrán ser beneficiarios de las ayudas indicadas las organizaciones profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura de ámbito nacional o transnacional, en su caso, que están indicadas en el artículo 4 de la presente convocatoria, que cumplan con lo establecido en la normativa nacional y de la Unión Europea concordante y, en particular, con lo dispuesto en los artículos 3 y 34 del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, así como con los requisitos específicos establecidos en el capítulo IV para la línea de ayudas a la consolidación.
La financiación de la ayuda a los planes de producción y comercialización, se efectuará con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la aplicación presupuestaria 21.11.415B.772, «Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la comercialización de los productos pesqueros» de los Presupuestos Generales del estado para 2024. La dotación máxima para atender a esta convocatoria se establece en 300.000 €.
La presentación de las solicitudes de ayudas a la consolidación, que será potestativa, se realizará mediante la cumplimentación del anexo A de la presente convocatoria. El plazo de presentación será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Las organizaciones profesionales, como personas jurídicas, deberán presentar las solicitudes a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los modelos que estarán accesibles en la sede electrónica: https://sede.mapama.gob.es/portal/site/se), o en cualquiera de los lugares previstos según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.