Ayudas 2025 destinadas a proyectos culturales con especial impacto social
La presente convocatoria de ayudas se destina a la financiación de proyectos culturales de especial impacto social que tengan por objeto contribuir al logro de las siguientes finalidades:
Promover la participación cultural de toda la ciudadanía, con especial atención a los grupos o colectivos que enfrentan mayores barreras de acceso a la cultura, impulsando la democracia cultural y garantizando los derechos culturales de todas las personas.
Fomentar la transversalidad de la cultura, conectándola con otros ámbitos de la sociedad, incorporando conocimientos interdisciplinares y promoviendo sus impactos positivos en otros servicios públicos y áreas de interés público.
Fortalecer la capacidad de acción ciudadana a través de la cultura, promoviendo la participación activa de las comunidades en procesos culturales y sociales.
Fortalecer la cohesión y articulación del tejido cultural implicado en proyectos alineados con los objetivos de esta convocatoria, fomentando la creación de redes de colaboración entre los distintos agentes culturales en todo el territorio, tanto urbano como rural.
Referencia: 833032
Publicación oficial: 19/05/2025
Fecha inicio convocatoria: 20/05/2025
Fecha fin convocatoria: 09/06/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIAS CULTURALES, PROPIEDAD INTELECTUAL Y COOPERACIÓN
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España y que se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Las personas jurídicas con ánimo de lucro, de nacionalidad española, de cualquier Estado miembro de la Unión Europea o de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con residencia fiscal en España y que se encuentren legalmente constituidas a la fecha de finalización
De la cuantía total, el importe estimativo de las subvenciones convocadas a favor de personas jurídicas con ánimo de lucro será como máximo de 1.950.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334A.472; y a favor de entidades sin ánimo de lucro, el importe estimativo será de 2.500.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.04.334A.483, ambos del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Cultura correspondiente a los Presupuestos Generales del Estado de 2023 prorrogados para 2025.
La cuantía máxima de la ayuda será de 100.000 euros por proyecto subvencionado.
En el caso de los proyectos de entidades cuyo domicilio social esté en las comunidades autónomas de Islas Canarias, Illes Balears, o ciudades autónomas de Ceuta o Melilla y/o cuyo proyecto se ejecute total o parcialmente en dichas regiones, se otorgará un incremento adicional de la ayuda de hasta un máximo del 25% sobre la cuantía máxima de la ayuda para financiar únicamente el coste previsto de los desplazamientos del personal implicado en el desarrollo del proyecto y el transporte de los materiales necesarios para la realización del mismo.
La cuantía mínima será de 10.000 euros por proyecto subvencionado.
Las solicitudes deberán presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta Sede Electrónica estará disponible hasta las 23:59 horas (hora peninsular española) del último día de presentación de solicitudes.
El formulario de solicitud tendrá exclusivamente formato electrónico y se encontrará disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Cultura en la dirección web https://www.cultura.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/becas-ayudas-y-subvenciones.html
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.