Ayudas 2025 a entidades privadas sin ánimo de lucro para la mejora de las instalaciones y el equipamiento de sus archivos

Estado: Cerrada
Objeto:

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo mejoras de las instalaciones y equipamiento de archivos privados.

El plazo de ejecución será de un año a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución de Concesión.

Estas ayudas tendrán por finalidad la realización de proyectos en archivos privados que redunden en la mejor conservación y difusión del Patrimonio Documental Español.

Referencia: 828137

Publicación oficial: 25/04/2025

Fecha inicio convocatoria: 28/04/2025

Fecha fin convocatoria: 19/05/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y BELLAS ARTES

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 75.000,00 €
Sector: Servicios municipales
Procedimiento de concesión: Concurrencia Competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro que presenten proyectos de mejora de las instalaciones y equipamiento de un archivo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Las entidades beneficiarias deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones.

Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.

Cuantía de la ayuda:

Cada entidad sólo podrá recibir una ayuda por un importe máximo de 10.000 euros y en ningún caso superará el 70% del coste de la actividad.

Solicitud:

La solicitud podrá presentarse electrónicamente, a través del registro electrónico del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es/registro), siempre que se posea un sistema de firma electrónica con plena validez y esté previsto en la norma reguladora del citado registro.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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