Ayudas 2025 a entidades privadas sin ánimo de lucro para la mejora de las instalaciones y el equipamiento de sus archivos
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo mejoras de las instalaciones y equipamiento de archivos privados.
El plazo de ejecución será de un año a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución de Concesión.
Estas ayudas tendrán por finalidad la realización de proyectos en archivos privados que redunden en la mejor conservación y difusión del Patrimonio Documental Español.
Referencia: 828137
Publicación oficial: 25/04/2025
Fecha inicio convocatoria: 28/04/2025
Fecha fin convocatoria: 19/05/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y BELLAS ARTES
Entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro que presenten proyectos de mejora de las instalaciones y equipamiento de un archivo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Las entidades beneficiarias deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones.
Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.
Cada entidad sólo podrá recibir una ayuda por un importe máximo de 10.000 euros y en ningún caso superará el 70% del coste de la actividad.
La solicitud podrá presentarse electrónicamente, a través del registro electrónico del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es/registro), siempre que se posea un sistema de firma electrónica con plena validez y esté previsto en la norma reguladora del citado registro.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.