Ayudas 2025 a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos archivísticos

Estado: Cerrada
Objeto:

Ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo proyectos de descripción, digitalización, conservación, restauración, identificación, valoración y recuperación de documentos que formen parte del Patrimonio Histórico Español en archivos privados. El plazo de ejecución será de un año a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución de Concesión.

Estas ayudas tendrán por finalidad la realización de proyectos en archivos privados que redunden en la mejor conservación y difusión del Patrimonio Documental Español

Referencia: 828165

Publicación oficial: 24/04/2025

Fecha inicio convocatoria: 25/04/2025

Fecha fin convocatoria: 15/05/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL Y BELLAS ARTES

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 109.930 €
Sector: Cultura, Formación
Procedimiento de concesión: Concurrencia Competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro que presenten proyectos en archivos privados, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan con los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

Las entidades beneficiarias deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones. Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.

Cuantía de la ayuda:

Cada entidad sólo podrá recibir una ayuda por un importe máximo de 10.000 euros y en ningún caso superará el 70 % del coste de la actividad.

Solicitud:

La solicitud podrá presentarse electrónicamente, a través del registro electrónico del Ministerio de Cultura (http://www.mcu.es/registro), siempre que se posea un sistema de firma electrónica con plena validez y esté previsto en la norma reguladora del citado registro.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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