Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes en acciones formativas de formación profesional para el empleo.

Estado: Abierta
Objeto:

Será objeto de esta subvención la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización, en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de prácticas profesionales no laborales, siempre y cuando dichas prácticas hayan finalizado en el periodo comprendido entre el 8 de noviembre de 2025 y el 19 de noviembre de 2026, fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria, vinculadas a acciones formativas de formación profesional para el empleo financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, de acuerdo con el Capítulo II de la Orden de 10 de noviembre de 2021.

Referencia: 938972

Publicación oficial: 05/11/2026

Fecha inicio convocatoria: 06/11/2026

Fecha fin convocatoria: 13/11/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 500.000,00 €
Sector: Desempleo, Empleo, Formación
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

1. Podrán solicitar la subvención y resultar beneficiarias aquellas empresas donde se hayan realizado las prácticas profesionales no laborales vinculadas a las acciones formativas financiadas por la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, finalizadas en el periodo comprendido entre el 8 de noviembre de 2025 y el 19 de noviembre de 2026, fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

A estos efectos, se entiende por empresa toda entidad u organización, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, que disponga al menos de un centro de trabajo donde el alumnado haya desarrollado, en las condiciones requeridas, las citadas prácticas, incluyéndose en este concepto las entidades e instituciones sin ánimo de lucro.

2. No podrán solicitar la subvención objeto de la presente convocatoria las entidades integrantes del sector público, de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Este extremo se podrá comprobar mediante la información obrante en el Inventario de entidades del sector público estatal, autonómico y local, aprobado mediante el Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, y el Inventario de Entes Dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cuantía de la ayuda:

1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria son los contenidos en las partidas presupuestarias y por los importes que se detallan en el resuelve primero y con la distribución consignada en el apartado 4 de este resuelve.

2. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

3. Los créditos máximos destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria, con cargo a las partidas presupuestarias consignadas en el resuelve primero, ascienden a 500.000,00 €.

4. A efectos de gestión, los créditos se distribuirán por provincias con carácter estimativo entre los ámbitos territoriales que se indican a continuación conforme a lo previsto en la tabla siguiente:

PROVINCIA DOTACIÓN EJERCICIO 2026 TOTAL
Entidades privadas Entidades sin ánimo de lucro
ALMERÍA 50.000,00 € 10.000,00 € 60.000,00 €
CÁDIZ 50.000,00 € 10.000,00 € 60.000,00 €
CÓRDOBA 50.000,00 € 10.000,00 € 60.000,00 €
GRANADA 50.000,00 € 10.000,00 € 60.000,00 €
HUELVA 50.000,00 € 10.000,00 € 60.000,00 €
JAÉN 50.000,00 € 10.000,00 € 60.000,00 €
MÁLAGA 55.000,00 € 10.000,00 € 65.000,00 €
SEVILLA 65.000,00 € 10.000,00 € 75.000,00 €
TOTAL 420.000,00 € 80.000,00 € 500.000,00 €
Solicitud:

Los formularios y anexos figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, accesible a través de la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:

https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25143.html

A titulo informativo, igualmente, estarán disponibles en la dirección electrónica siguiente:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/areas/formacion-empleo/empresa-entidad-fpe/paginas/sub-compensacion-practicas-profesionales-2026.html

La presentación de los formularios se realizará a través de la siguiente dirección electrónica en la Oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo e irán dirigidos al órgano competente para resolver:

https://www.juntadeandalucia.es/empleoformacionytrabajoautonomo/ovorion/auth/loginjs?procedimiento=1045

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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