Ayudas del Programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad» correspondientes a la ronda de octubre de 2026.
El objeto de la presente convocatoria de subvenciones en el marco del Programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad» es incentivar la participación de los jóvenes y las organizaciones en actividades de solidaridad accesibles y de gran calidad como medio de contribuir a reforzar la cohesión, la solidaridad, la democracia y la ciudadanía en Europa, respondiendo al mismo tiempo a los desafíos de la sociedad y fortaleciendo las comunidades, con un empeño especial en promover la inclusión social, principalmente a través del voluntariado.
En la guía del programa se especifican otros objetivos y prioridades generales por acción a tener en cuenta.
Se podrán solicitar proyectos para la participación de jóvenes en actividades solidarias, en la acción de proyectos de solidaridad.
Véase el texto completo de esta Resolución y la guía del programa, disponible en la página web de la ANE, para más detalles sobre la presentación de solicitudes, requisitos para solicitar la subvención, criterios de elegibilidad, exclusión, selección y valoración de las solicitudes generales y específicos para cada acción.
Publicadas mediante Orden DSA/1028/2021, de 20 de septiembre, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa europeo «Cuerpo Europeo de Solidaridad», modificada por Orden JUI/292/2026, de 17 de marzo, se hace preciso adoptar la presente convocatoria para la concesión de las subvenciones en el marco del Programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad» para la ronda de febrero del año 2026, financiado por la Comisión Europea.
El Programa perseguirá sus objetivos a través de los siguientes tipos de acciones:
a) Proyectos de voluntariado.
b) Proyectos solidarios.
Referencia: 928663
Publicación oficial: 11/09/2026
Fecha inicio convocatoria: 14/09/2026
Fecha fin convocatoria: 01/10/2026
Financiación: FSE
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030
Órgano: INSTITUTO DE LA JUVENTUD
1. Podrán ser solicitantes de las ayudas del Programa las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos para cada una de las acciones establecidos en el Reglamento (UE) 2021/888 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, y en la guía del Programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad» y, supletoriamente, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
2. Además de lo previsto en el apartado 1, las personas físicas y jurídicas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Haber justificado suficientemente, en su caso, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, así como las ayudas recibidas en el marco de los programas de acción comunitarios «Juventud», «La Juventud en Acción», «Erasmus+» y «Cuerpo Europeo de Solidaridad».
b) Residir o estar constituido legalmente en España.
c) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. La presentación de la solicitud conllevará la autorización del/de la solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de hallarse al corriente de tales obligaciones. Si el/la solicitante deniega expresamente su consentimiento deberá aportar las correspondientes certificaciones.
3. Además de lo previsto en los dos apartados anteriores, las personas jurídicas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y en su caso, debidamente inscritas en el correspondiente Registro Público, dentro del plazo de presentación de las solicitudes.
b) Disponer de la capacidad financiera y operativa suficiente para llevar a cabo las actividades previstas en el proyecto, de acuerdo con lo establecido en la guía del Programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad».
La Convocatoria se rige por las siguientes bases:
a) De acuerdo con las asignaciones de fondos para acciones descentralizadas establecidas por la Comisión Europea en su plan de trabajo del Programa «Cuerpo Europeo de Solidaridad», así como los créditos presupuestarios disponibles para la ejecución del mismo, se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva por un importe de 226.874,20 euros. Su distribución es la siguiente:
Acción
Importe
Proyectos solidarios
226.874,20
TOTAL
226.874,20
b) Sin perjuicio de lo anterior, la concesión de las ayudas estará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
El plazo para la presentación de solicitudes termina el 1 de octubre de 2026 a las 12.00 horas para los proyectos que comiencen entre el 1 de enero y el 31 de mayo de 2027. Las referencias horarias a los plazos de presentación de solicitudes deberán entenderse referidas a la hora local de Bruselas (Bélgica).
Se admitirán todas las solicitudes recibidas en los plazos indicados que hayan tenido entrada en la plataforma online habilitada por la Comisión Europea para el Programa Cuerpo Europeo de Solidaridad antes de la fecha de aprobación de esta resolución, de acuerdo con lo establecido en la Guía del Programa y en la Convocatoria de propuestas de la Comisión Europea 2026, EAC/A15/2025 publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 14 de noviembre de 2025.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.