Subvenciones en materia de salud y consumo para 2026

Estado: Cerrada
Objeto:

Convocar subvenciones conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 1 de agosto de 2022, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo (BOJA núm. 151, de 8 de agosto), modificada por la Orden de 10 de agosto de 2023, en proyectos destinados a las siguientes Líneas y conceptos:

Línea 1 (L1): Fomento de la generación del conocimiento en áreas temáticas de excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la Investigación, Desarrollo e Innovación: «Programas de Investigación Clínica en Red en Atención Primaria».

Línea 6 (L6): Proyectos de I+D+i en salud de colaboración internacional, en el marco del programa Horizonte Europa, de las siguientes asociaciones europeas:

Transforming Health And Care System (THCS): «Better care closer to home: Enhancing primary and community care».

ERA4Health: EffecTrial: «Fostering Pragmatic Comparative-Effectiveness Trials in Non-communicable Diseases y «InterHeart: Understanding the interactions between cardiovascular diseases and comorbidities and/or their therapeutic treatments».

EP PerMed: «Pharmacogenomic Strategies for Personalised Medicine Approaches (PGxPM2025)».

Referencia: 911211 - 911212

Publicación oficial: 12/06/2026

Fecha inicio convocatoria: 15/06/2026

Fecha fin convocatoria: 26/06/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Órgano:

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 1.412.180,00 €
Sector: Investigación, desarrollo e innovación, Sanidad y salud
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

1. Los requisitos generales que han de acreditar las entidades interesadas, la presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones y destino se regirán por lo previsto en la Orden de 1 de agosto de 2022.

2. De acuerdo con los créditos disponibles, solo podrán ser beneficiarias las entidades incluidas en términos de Contabilidad Nacional en el Subsector Administración Regional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (S.1312).

Cuantía de la ayuda:

1. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

2. Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos asignados a las partidas y programas presupuestarios siguientes del programa 41K, Generación y Gestión del Conocimiento en Salud y Salud Pública, por una cuantía máxima de 1.412.180,00 euros, con la siguiente distribución:

L1: 300.000,00 euros.

L6: 1.112.180,00 euros.

Línea 1: Fomento de la generación del conocimiento en áreas temáticas de excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la Investigación, Desarrollo e Innovación.

1. La cuantía máxima a conceder a cada solicitud presentada, que reúna los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, será de 300.000,00 euros por solicitud.

2. Serán financiables los Programas de Investigación Clínica en Red en Atención Primaria, realizados entre los ejercicios económicos 2026 a 2029.

Línea 6: Proyectos de I+D+i en salud de colaboración internacional, en el marco del programa Horizonte Europa.

1. La cuantía máxima a conceder a cada solicitud presentada, que reúna los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, será de un máximo de 250.000,00 euros por cada proyecto en los que el grupo participe como coordinador en la asociación europea y 125.000,00 euros por cada proyecto en los que el grupo participe como asociado en la asociación europea.

2. Los proyectos tendrán una duración máxima de cuatro años, y deberán realizarse en los ejercicios económicos 2026 a 2029.

Solicitud:

1. De acuerdo con lo establecido en el apartado 11 del Cuadro Resumen de la Orden de 1 de agosto de 2022, en relación con el artículo 12.2 de las Bases Reguladoras Tipo, el plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente convocatoria.

2. El lugar de presentación de las solicitudes de subvención será exclusivamente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 10.c) del Cuadro Resumen correspondiente, a través de la siguiente dirección electrónica:

https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG

3. Los formularios de solicitud, y, en su caso, de alegaciones y otras posibles actuaciones a realizar, se encuentran publicadas en BOJA, junto con la convocatoria, y que igualmente se puede acceder a ellos través del Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones.

https://www.juntadeandalucia.es/boja/2026/112/1

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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