Convocatoria 2026 de las ayudas de apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras con objeto de mejorar su competitividad y su contribución a la autonomía estratégica

Estado: Pendiente
Objeto:

Actuaciones de apoyo al funcionamiento de Agrupaciones Empresariales Innovadoras, estudios de viabilidad técnica y proyectos de investigación, desarrollo e innovación que contribuyan a la autonomía estratégica, la transformación digital y la transición ecológica.

Referencia: 908387

Publicación oficial: 29/05/2026

Fecha inicio convocatoria: 01/06/2026

Fecha fin convocatoria: 26/06/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE ESTRATEGIA INDUSTRIAL Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 9.000.000,00 €
Sector: Cambio Climático, Digitalización, Eficiencia energética, Empleo, Formación, Investigación, desarrollo e innovación, Transición Ecológica
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Agrupaciones Empresariales Innovadoras inscritas en el Registro regulado por la Orden IET/1444/2014, de 30 de julio, y miembros de las mismas.

En el caso de las ayudas de la línea 1 (actuaciones de apoyo al funcionamiento de las Agrupaciones Empresariales Innovadoras), reguladas en el artículo 5, de acuerdo con el artículo 27.2 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, el beneficiario de la ayuda de funcionamiento deberá ser la AEI.

En el caso de las líneas 3 y 4, para las ayudas a la innovación en favor de las pymes los beneficiarios deberán tener la consideración de pyme.

2. En todo caso, los beneficiarios deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

3. No podrán tener la condición de beneficiario:

a) Las empresas en crisis, de acuerdo con la definición del artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

b) Las empresas que estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal o incompatible con el mercado interior.

Actividades subvencionables:

1. Los tipos de actuaciones y proyectos susceptibles de recibir las ayudas del programa se especificarán en cada convocatoria, y podrán ser los siguientes:

a) Actuaciones de apoyo al funcionamiento de AEI (línea 1).

b) Estudios de viabilidad técnica (línea 2).

c) Proyectos de investigación, desarrollo e innovación que contribuyan a la autonomía estratégica, la transformación digital y la transición ecológica (línea 3).

d) Proyectos de investigación, desarrollo e innovación en cooperación para dar respuesta a retos estratégicos (línea 4).

Solicitud:

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de este extracto, finalizando a las 18:00 horas del último día de plazo.

Solicitudes. Se presentarán ante la sede electrónica asociada del Ministerio, que será accesible en la dirección electrónica https://sede.serviciosmin.gob.es, así como a través del Portal de Ayudas del Ministerio https://www.mintur.gob.es/portalayudas.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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