Ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para la mejora de las instalaciones y el equipamiento de sus archivos, correspondientes al año 2026.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo mejoras de las instalaciones y equipamiento de archivos privados. El plazo de ejecución será de un año a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la Resolución de Concesión. Estas ayudas tendrán por finalidad la realización de proyectos en archivos privados que redunden en la mejor conservación y difusión del Patrimonio Documental Español.
Referencia: 901480
Publicación oficial: 29/04/2026
Fecha inicio convocatoria: 30/04/2026
Fecha fin convocatoria: 21/05/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE
Órgano: SUBSECRETARÍA DE CULTURA
Entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro que presenten proyectos de mejora de las instalaciones y equipamiento de un archivo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Las entidades beneficiarias deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de las obligaciones por reintegro de subvenciones. Para poder concurrir a estas ayudas, las entidades deberán acreditar que están válidamente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente en la fecha en que se presente la solicitud.
El importe de las ayudas convocadas será, como máximo, de 75.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.05.332A.780 del programa «Archivos» del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura para el año 2023, prorrogado para los ejercicios de 2024, 2025 y 2026.
Cada entidad sólo podrá recibir una ayuda por un importe máximo de 10.000 euros y en ningún caso superará el 70 % del coste de la actividad.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.