Convocatoria de concesión de ayudas para el año 2026, a las asociaciones/federaciones españolas de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Administración General de Estado.

Estado: Cerrada
Objeto:

Esta resolución tiene por objeto convocar las ayudas para el año 2026, con arreglo a las bases reguladoras establecidas en la Orden ICT/870/2023, de 20 de julio, destinadas a las asociaciones y federaciones de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Administración General del Estado según la normativa vigente.

Referencia: 899370

Publicación oficial: 20/04/2026

Fecha inicio convocatoria: 21/04/2026

Fecha fin convocatoria: 18/05/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Órgano:

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 1.923.740,00 €
Sector: Comercio
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en esta resolución, las asociaciones y federaciones reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio en virtud de la normativa vigente, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:

a) Asumir, frente a la entidad convocante, la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, derivados de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

b) Cumplir con todo lo estipulado en la Orden ICT/870/2023, de 20 de julio.

c) No podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) No podrán ser beneficiarias de las ayudas las entidades que tengan deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la administración, o estén sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea, que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

Cuantía de la ayuda:

La cuantía total máxima de las subvenciones a conceder en el marco de la presente convocatoria será de 1.923.740,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 27.10 431N 483 «Acuerdos Sectoriales a la Exportación», no obstante dicho importe podrá verse incrementado en una cuantía adicional de hasta 350.000,00 euros, condicionado a la disponibilidad de crédito en la citada aplicación presupuestaria, conforme a lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin que se requiera de una nueva convocatoria.

Solicitud:

1. El plazo de presentación de solicitudes para la obtención de las ayudas será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

2. Las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido darán lugar a su inadmisión.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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