Convocatoria de subvenciones destinada al apoyo de la comercialización y promoción internacional del sector turístico provincial, para el ejercicio 2026.

Estado: Abierta
Objeto:

Regular las subvenciones del Área de Promoción y Turismo, en el marco del Presupuesto para el ejercicio 2026, para apoyar la comercialización y promoción internacional del sector turístico provincial.

Referencia: 895332

Publicación oficial: 30/03/2026

Fecha inicio convocatoria: 31/03/2026

Fecha fin convocatoria: 30/09/2026

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 20.000,00 €
Sector: Turismo
Procedimiento de concesión: Concesión directa
Ámbito geográfico: Jaén
Beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) turísticas, con independencia de su forma jurídica, cuyo domicilio social se encuentre en la provincia de Jaén o cuenten con un establecimiento operativo en la misma y que cumplan alguno de los siguientes requisitos, bien de inscripción o de anotación en el Registro de Turismo de Andalucía:

1. Que se encuentren inscritas como:

a. Establecimientos de alojamiento turístico: Establecimientos hoteleros, casas rurales, complejos de turismo rural, apartamentos turísticos, camping y áreas de pernocta de autocaravanas.

b. Empresas organizadoras de turismo activo.

c. Guía de Turismo.

2. Que hayan sido objeto de anotación en alguno de los siguientes servicios turísticos no desarrollados reglamentariamente:

a. Turismo ecológico o ecoturismo.

b. Organización de congresos, convenciones u otro tipo de eventos empresariales.

3. Que hayan sido objeto de anotación en alguna de las siguientes actividades con incidencia en el ámbito turístico:

a. Actividades dirigidas a prestar servicios de recepción a las personas usuarias turísticas.

b. Actividades relacionadas con el conocimiento de la lengua castellana por personas extranjeras.

c. Actividades de intermediación de servicios turísticos no incluidas en la letra b) del apartado 1 del artículo 28 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, del Turismo de Andalucía.

d. Transporte turístico, autobuses, coches de caballo, alquiler de bicicletas u otros.

De acuerdo con la Recomendación de la Comisión de la UE de 6 de mayo de 2003, 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

No podrán solicitar estas subvenciones las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, carentes de personalidad jurídica propia.

Cuantía de la ayuda:

Cuantía total: 20.000,00 €

Cuantía de la subvención: 80% del coste final de los gastos subvencionables. La cuantía final no podrá exceder de la indicada en el artículo 7 de la Convocatoria, teniendo en cuenta el país de celebración del evento.

Solicitud:

Comenzará a partir del día siguiente de la fecha de publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia y finalizará el 30 de septiembre de 2026

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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