Subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía.
Las subvenciones tienen por objeto impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en el ámbito de la Administración Local de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Referencia: 893892
Publicación oficial: 30/03/2026
Fecha inicio convocatoria: 31/03/2026
Fecha fin convocatoria: 01/05/2026
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO
1. Pueden participar en esta convocatoria los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Según lo previsto en el artículo 4.2.d) de las bases reguladoras, no podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria, aquellos Ayuntamientos que hayan resultado beneficiarios de estas subvenciones en la convocatoria del ejercicio 2025, aprobada mediante Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Comercio, por la que se convocan, para el ejercicio 2025, las subvenciones a conceder en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a Ayuntamientos y destinadas a impulsar la mejora, modernización y promoción del comercio y la artesanía en Andalucía, publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 69, de 10 de abril de 2025».
1. A cada entidad se concederá una subvención para el desarrollo de las actuaciones solicitadas, a la que le serán de aplicación los siguientes límites:
a) Se subvencionará un porcentaje máximo del 75% del coste de las actuaciones.
b) La cuantía total máxima a subvencionar por entidad no excederá en ningún caso de 60.000 €.
2. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas, o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 1 mes natural a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.