Subvenciones a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España 2023-2027 financiadas por fondos FEADER, en el marco de la Intervención 68431 relativa a ayudas a inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, Operación 68431_01 Mejora de regadíos
Estas subvenciones tendrán por objeto contribuir a una gestión eficiente del recurso agua mediante la financiación de proyectos de inversión para la mejora de infraestructuras de riego.
Referencia: 881725
Publicación oficial: 29/01/2026
Fecha inicio convocatoria: 30/01/2026
Fecha fin convocatoria: Sin determinar
Financiación: FEDER
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas vinculadas al regadío que sean corporaciones de derecho público, adscritas al organismo de cuenca correspondiente, según los artículos 81 y 82 del texto refundido de la Ley de Aguas.
El cálculo de la ayuda para cada uno de los tres gastos subvencionables, ejecución de obra, redacción de proyecto y dirección facultativa de la obra, se realizará mediante la aplicación de costes unitarios, según la metodología establecida en el resuelvo tercero de la orden de convocatoria.
| PARTIDA PRESUPUESTARIA | ANUALIDAD | IMPORTE |
|---|---|---|
| 1200110000 G/71B/74800/00 C4684311A3 2024000393 | 2025 | 2.000.000,00 |
| 1200110000 G/71B/74800/00 C4684311A3 2024000393 | 2026 | 7.000.000,00 |
| 1200110000 G/71B/74800/00 C4684311A3 2024000393 | 2027 | 3.000.000,00 |
1. El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda comenzará el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y permanecerá abierto en tanto haya disponibilidad de fondos, situación que se reflejará de forma actualizada en la página del procedimiento en la siguiente dirección:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25499.html
2. En el momento en que se agote el crédito establecido en la convocatoria, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera resolverá el cierre de la convocatoria, lo que para general conocimiento será publicado en los términos previstos en el apartado 18 del Cuadro Resumen de la Orden de 1 de septiembre de 2025; en tal caso, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día de dicha publicación.
3. No obstante, dado que los costes unitarios aplicables al cálculo de las ayudas permanecen invariables a lo largo del período de presentación de solicitudes, la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera podrá, si considerara que dichos costes han quedado desactualizados respecto al mercado, resolver anticipadamente el cierre de la convocatoria aun con disponibilidad de fondos. En este caso, podrá efectuarse una nueva convocatoria de ayudas que permita la actualización de los costes unitarios.
4. Según se indica en el apartado 2.c) del Cuadro Resumen de la Orden de 1 de septiembre de 2025, mientras el plazo de presentación de solicitudes permanezca abierto, una entidad interesada puede desistir de su solicitud presentada, siempre que no se haya emitido resolución de concesión o desestimación, y una vez resuelto el desistimiento presentar una nueva solicitud.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.