Primera convocatoria de ayudas a proyectos para reforzar la Cadena de valor industrial de tecnologías limpias y sus componentes clave, en el Marco del PRTR, Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU y del pacto por una industria limpia.
1. Las ayudas reguladas en esta orden de bases tendrán como finalidad el apoyo a proyectos de inversión para la fabricación, incluso con materias primas secundarias, de los productos finales, así como la producción de componentes específicos enumerados en el anexo I de las bases reguladoras, contribuyendo al hito CID 484 y al objetivo CID 486 correspondientes a la inversión 3 del componente 31 (capítulo REPowerEU) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
2. Cada proyecto estará enmarcado en una línea de actuación determinada. Cada línea de actuación se corresponderá con las tecnologías identificadas en la primera columna de la tabla del Anexo I de las bases reguladoras.
3. Los tipos de proyecto susceptibles de ayuda son los definidos en el apartado 1 del artículo 7 de las bases reguladoras:
3.1 Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de fabricación.
3.2 Ampliaciones de la capacidad de fabricación instalada en centros existentes de fabricación o en construcción, a través de la implantación de nuevas líneas de fabricación. Se entenderá por implantación de una nueva línea de fabricación a la adquisición del conjunto de equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto.
3.3 Reconversión de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que anteriormente no estuvieran en fabricación en la planta.
Referencia: 877803
Publicación oficial: 30/12/2025
Fecha inicio convocatoria: 22/01/2026
Fecha fin convocatoria: 25/02/2026
Financiación: FONDOS NEXT GENERATION
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Órgano: SUBSECRETARÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
1. Pueden ser beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria, según artículo 5 de las Bases reguladoras, cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, siempre que realicen la actividad que fundamenta su concesión y cumplan todos los requisitos exigidos por las bases reguladoras, convocatoria y la resolución de concesión.
2. Para poder obtener la condición de beneficiario, estos deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 6 de las bases reguladoras.
3. Conforme al artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, podrán tener la condición de beneficiario las agrupaciones sin personalidad jurídica, en los términos establecidos en las bases reguladoras.
La dotación presupuestaria para la concesión de las ayudas establecidas en esta convocatoria es de 355.000.000 EUR, del presupuesto del IDAE. Se establecen dos programas de incentivos (en función del presupuesto de los conceptos financiables, tal y como se detalla en la disposición séptima), con el siguiente presupuesto para cada uno:
Programa de incentivos 1: 25.000.000 EUR
Programa de incentivos 2: 330.000.000 EUR.
Los fondos destinados a la financiación de las ayudas reguladas por esta convocatoria se realizan con cargo al presupuesto de IDAE previa transferencia desde la aplicación presupuestaria 23.50.42ÑC.748.14 (C31.I03) «Al IDAE. Para apoyar la cadena de valor de las energías renovables y el almacenamiento. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de los Presupuestos Generales del Estado.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 22 de enero de 2026 a las 9:00 horas y finalizará a las 12:00 del 25 de febrero de 2026, hora peninsular. Transcurrido dicho plazo, no serán admitidas más solicitudes.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.