Subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para fomentar la inserción laboral de personas jóvenbes desempleadas en ámbito local ACTIVA-T JOVEN

Estado: Cerrada
Objeto:

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de las bases reguladoras, estas subvenciones tienen por objeto fomentar la inserción laboral en el ámbito local y mejorar la empleabilidad de las personas jóvenes desempleadas que tengan una edad comprendida entre los 18 y 29 años, ambos inclusive, que estén inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo y sean beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, a través de su participación en proyectos de interés general promovidos por los ayuntamientos y entidades locales autónomas de Andalucía.

Referencia: 865415

Publicación oficial: 04/11/2025

Fecha inicio convocatoria: 05/11/2025

Fecha fin convocatoria: 17/11/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y COMERCIO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 89.782.445,00 €
Sector: Desempleo, Empleo, Formación, Juventud
Procedimiento de concesión: Concesión directa – canónica
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de las bases reguladoras, podrán ser entidades locales beneficiarias de las subvenciones previstas los ayuntamientos y las entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. En todo caso, las entidades locales solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la presente resolución deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 de las bases reguladoras, con las excepciones señaladas en el mismo.

Cuantía de la ayuda:

El total para todas las provincias Andaluzas asciende a 89.782.445 euros, en concreto,  para la provincia de Jaén 11.033.000 euros.

Solicitud:

1. La solicitud de la subvención se cumplimentará de forma electrónica en el formulario normalizado (Anexo I), que se publicará junto con la presente convocatoria y que recoge los extremos que se determinan en las bases reguladoras de la subvención, según lo dispuesto en su artículo 10.

2. Los ayuntamientos o las entidades locales autónomas, por medio de las personas representantes de los mismos, podrán presentar una única solicitud con un único proyecto, el cual podrá contener varias actuaciones, principales y complementarias adicionales al proyecto, en su caso.

3. Las solicitudes, la documentación anexa, y los formularios aprobados en esta convocatoria, se presentarán única y exclusivamente de forma electrónica, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, disponible en la siguiente dirección electrónica https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/25828 accesible desde el Catálogo de Procedimientos y Servicios publicado en la Sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, que por razón del territorio corresponda.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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