Ayudas al alquiler a personas especialmente vulnerables

Estado: Cerrada
Objeto:

Esta subvención tiene por objeto facilitar una solución habitacional, a través de la financiación del alquiler a personas especialmente vulnerables como consecuencia de ser víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar o con otras circunstancias de especial vulnerabilidad, consideradas como tales por los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma o de la Administración Local correspondiente, o bien por parte de organismos o entidades que acrediten que la persona interesada se encuentra en alguna de las circunstancias específicas previstas en el apartado 14 de la Orden de 10 de junio de 2022 (BOJA núm. 115, de 17 de junio de 2022), y que tengan dificultades para hacer frente al pago de la renta arrendaticia de su vivienda habitual, cuya persona arrendadora no sea una administración pública o empresa pública.

Referencia: 861476

Publicación oficial: 16/10/2025

Fecha inicio convocatoria: 03/11/2025

Fecha fin convocatoria: 02/12/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE FOMENTO Y VIVIENDA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 17.100.000,00 €
Sector: Acceso a la vivienda y fomento de la edificación, Servicios sociales
Procedimiento de concesión: Concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en la presente orden las personas especialmente vulnerables como consecuencia de ser víctimas de violencia de género, víctimas de trata con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar o con otras circunstancias de especial vulnerabilidad.

Cuantía de la ayuda:

Para cada una de las subvenciones que se concedan se podrá subvencionar una cuantía máxima de seis mil euros (6.000 €), teniendo en cuenta además que el importe máximo de financiación será de quinientos euros (500 €) mensuales, incluidos los gastos de comunidad, en su caso.

Solicitud:

Sede electrónica de la Junta de Andalucía, concretamente en la sección de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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