Subvenciones destinadas a la financiación de especialidades formativas de Formación Profesional para el Empleo no vinculadas a certificados profesionales dirigidas a personas trabajadoras autónomas en modalidad de teleformación

Estado: Cerrada
Objeto:

Será objeto de subvención pública, en régimen de concurrencia competitiva, la financiación de especialidades formativas de Formación Profesional para el Empleo no vinculadas a certificados profesionales y contenidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo dirigidas a personas trabajadoras autónomas en modalidad de teleformación.

La oferta formativa de esta convocatoria incluye acciones formativas de formación en el trabajo dirigidas a personas trabajadoras autónomas, en modalidad de teleformación, incluyendo especialidades no vinculadas a certificados profesionales, contenidas en el Catálogo de Especialidades Formativa.

Referencia: 858617

Publicación oficial: 30/09/2025

Fecha inicio convocatoria: 01/10/2025

Fecha fin convocatoria: 14/10/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 2.000.000,00 €
Sector: Desempleo, Educación, Empleo, Formación, Juventud
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Andalucía
Beneficiarios:

Podrán participar en la presente convocatoria y resultar beneficiarias de esta subvención, las entidades de formación privadas de las recogidas en el apartado 4.a).1º del cuadro resumen de la Orden de 3 de noviembre de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a personas trabajadoras ocupadas (cuadro resumen de las bases reguladoras, en adelante) incluidas las entidades sin ánimo de lucro.

Cuantía de la ayuda:

El porcentaje máximo de la subvención a solicitar será del 100% de la cuantía de la actividad formativa.

Por cada acción formativa concedida, el importe a percibir se obtiene aplicando la siguiente fórmula: Horas formativas por núm. alumnos/as por módulo económico de la especialidad. El número máximo de alumnado que puede solicitarse en cada acción formativa es 80 personas.

Solicitud:

Las solicitudes de subvención serán presentadas por las entidades solicitantes a través de «PROFEUS+A» (https://ws151.juntadeandalucia.es/ords/r/profeus/adm_home/). La solicitud se dirigirá a la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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