Ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2025-2026
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar, en los términos indicados en la convocatoria, y que presenten necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta, trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales, o TEA y que se encuentren cursando estudios en un centro específico, en una unidad de educación especial de centro ordinario o en un centro ordinario que escolarice alumnos que presenten necesidad específica de apoyo educativo en alguno de los siguientes niveles educativos:
a) Educación infantil.
b) Educación primaria.
c) Educación Secundaria Obligatoria.
d) Bachillerato.
e) Ciclos formativos de grado básico.
f) Ciclos formativos de grado medio y de grado superior.
g) Enseñanzas artísticas profesionales.
h) Programas de formación para la transición a la vida adulta.
i) Otros programas formativos de formación profesional.
Asimismo, podrán solicitar las ayudas los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades escolarizados en alguno de los niveles educativos que se señalan en los apartados b), c), d), f) y g) anteriores.
Referencia: 828444
Publicación oficial: 25/04/2025
Fecha inicio convocatoria: 30/04/2025
Fecha fin convocatoria: 11/09/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN EDUCATIVA
– Enseñanza: hasta 862,00 euros.
– Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
– Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
– Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
– Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
– Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
– Libros y material didáctico:
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y Otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros.
Resto de niveles de la enseñanza postobligatoria: hasta 204,00 euros.
– Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.
– Cuantía asociada a altas capacidades: una cantidad máxima de 913,00 euros
– Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general: 400 euros.
Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes en la dirección https://sede.educacion.gob.es.
Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado o su representante legal, en el caso de ser menor de 18 años, con cualquiera de los sistemas de firma electrónica aceptados por la sede electrónica y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.