Subvenciones para la realización de estancias profesionales en Bruselas (Bélgica) para personas desempleadas postgraduadas (Talentium Jaén), en el marco del Plan de Empleo y Empresa de la provincia de Jaén, año 2025.

Estado: Cerrada
Objeto:

El objeto de estas ayudas es que los beneficiarios/as reciban una experiencia en Bruselas (Bélgica) complementaria a su formación en materias relacionadas con la gestión de los asuntos europeos de interés para la provincia de Jaén, en especial, la gestión de información, proyectos y redes de cooperación. Estas materias irán dirigidas a potenciar la experiencia del  beneficiario/a de la ayuda en los siguientes ámbitos de trabajo:
• Las políticas europeas de interés para la provincia de Jaén.
• Las convocatorias comunitarias de financiación para su adaptación al entorno provincial.
• Los proyectos europeos e internacionales.
• La gestión administrativa de las redes europeas.
Las ayudas económicas sin contraprestación tienen la consideración de subvenciones

Referencia: 827711

Publicación oficial: 22/04/2025

Fecha inicio convocatoria: 23/04/2025

Fecha fin convocatoria: 21/05/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 187.500,00 €
Sector: Desempleo, Educación, Empleo, Formación, Internacionalización, Juventud
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Provincia de Jaén
Beneficiarios:

Para optar a la concesión de la ayuda, los/as participantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser nacionales del Reino de España, de otro país de la Unión Europea, o nacionales de terceros países, siempre que cuenten éstos con residencia legal en España y pasaporte en
vigor a la fecha de la solicitud.
b) Desempleados/as inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo a la fecha de presentación de la solicitud y durante el período de ejecución de su estancia profesional.
c) Empleados/as inscritos en el Servicio Andaluz de Empleo para mejora de su empleabilidad, a la fecha de presentación de la solicitud, que deberán estar desempleados durante el período de ejecución de su estancia profesional.
Podrán solicitarlo igualmente aquellas personas que se encuentren realizando prácticas en empresas, siempre que éstas sean demandantes de empleo, y concluyan con anterioridad al inicio de la estancia en Bruselas (Bélgica).
d) Tener menos de 30 años y ser mayor de edad a la fecha de presentación de la solicitud.
e) Tener una titulación de grado de alguna universidad española o del Espacio Europeo de Educación Superior, o de Formación Profesional de Grado Superior o Certificado de Profesionalidad nivel 3, expedido por la administración pública competente en España o del Espacio Europeo de Educación Superior, o estar en condición de obtenerla en el curso
académico 2024/2025.

En caso de haber sido obtenidos en el extranjero deberán o bien acreditar el suplemento europeo de titulo o la homologación por el Ministerio de Educación conforme a la normativa vigente, Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre y Orden ECD/2654/2015, de 3 de diciembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y
declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior o normativa que la sustituya, a
la fecha de presentación de la solicitud.
f) Estar empadronado en algún municipio de la provincia de Jaén, con una antigüedad previa al 1 de enero del 2025.
g) Contar con una acreditación mínima de B1 de nivel de los idiomas inglés o francés según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) a la fecha de presentación de solicitud y acreditar un nivel mínimo de B2 de inglés o francés previamente al inicio de la estancia en Bruselas.
Se exceptuará de este requisito a aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
• Que tengan un título universitario de grado en Filología, Traductores e Intérpretes, o en Estudios de inglés o francés de alguna universidad española, o la homologación en España de uno de esos títulos en el caso de haberlo obtenido en el extranjero.
• Que puedan acreditar la realización de un curso académico completo que en ningún caso sea de duración inferior a 8 meses en una Universidad de un país anglófono o francófono,
mediante certificado oficial de la Universidad correspondiente, o de la Universidad de origen para el caso de programas de movilidad internacional de estudiantes entre Universidades.
• Que puedan acreditar la residencia en un país anglófono o francófono por período mínimo  de 12 meses, mediante documento oficial de un organismo público del país correspondiente
donde se muestre expresamente el período de residencia.
• Nacionales de un país anglófono o francófonos.
h) Superar una prueba diseñada por el Área de Empleo y Empresa para evaluar los distintos aspectos de la competencia lingüística de los idiomas inglés o francés, como son la
comprensión lectora y auditiva y la producción oral. En ningún caso la superación de esta prueba podrá sustituir la acreditación del nivel de idioma de conformidad con el párrafo
anterior.
No obstante lo anterior, los siguientes requisitos deberán recabarse con carácter previo al inicio de la estancia en Bruselas (Bélgica) una vez recaiga la resolución de concesión de
subvención, y para mantener la condición de beneficiaria/o, debiendo acreditarse documentalmente en el plazo o los plazos establecidos en dicha resolución:
1) Situación legal de desempleo actualizada tras la resolución y con carácter previo a la movilidad; esta situación debe mantenerse hasta la finalización de la estancia de 5 meses
en Bruselas (Bélgica) Para el caso de solicitantes que estuvieran realizando prácticas en empresas a fecha de presentación de la solicitud, además, acreditación de la finalización de las mismas con carácter previo al inicio de la estancia en Bélgica.
2) Para el caso de nacionales de otros países de la UE o terceros países, permiso de residencia y pasaporte en vigor al menos hasta la finalización del plazo de ejecución del proyecto Talentium Jaén 2025 (10 meses a partir de la fecha de resolución definitiva de concesión de subvenciones.
3) Para el caso de nacionales de países terceros que requieran visa de entrada al país de destino objeto de la subvención concedida, concesión de la misma para el período íntegro de realización de la movilidad internacional.
4) Titulación académica requerida en el apartado e) de este artículo en el curso académico 2024/2025 para aquellos solicitantes que no lo posean al momento de la solicitud.
5) Copia de la Titulación Oficial del nivel de conocimiento de B2 o superior según el MCERL de inglés o francés requerido en el apartado

g) de este artículo para aquellos solicitantes que no lo posean al momento de la solicitud.

Cuantía de la ayuda:

Cuantía total de la Convocatoria: 187.500 €.
El número total de ayudas previstas en la presente convocatoria será de 25.
La ayuda cuenta con una dotación total de 7.500 €.
La ayuda tendrá una duración de 5 meses iniciándose en el momento en que el/la beneficiario/a se incorpore al proyecto de estancia profesional.

Solicitud:

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza reguladora de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Jaén, los interesados presentarán sus solicitudes y realizarán los actos sucesivos que prevea la convocatoria, exclusivamente, a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial (accesible a través del siguiente enlace:
https://sede.dipujaen.es/), utilizando los formularios e instancias normalizadas disponibles al efecto y cumplimentándolos de acuerdo a lo establecido en las bases que rigen esta
convocatoria; todo ello al amparo de lo dispuesto en los artículos 14.3 y 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, carecerá de validez y eficacia la presentación de solicitudes y realización de cualquier acto efectuado a través de medios distintos al indicado en el apartado anterior.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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