Subvenciones para la traducción de libros entre lenguas del Estado, correspondientes al año 2025

Estado: Cerrada
Objeto:

Se convocan subvenciones para el año 2025, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la traducción de libros entre lenguas del Estado español, y su posterior publicación por parte de la editorial beneficiaria. Estas obras habrán de ser bien literarias, clásicas y contemporáneas, bien científicas, integrantes del patrimonio cultural de España.

La obra objeto de traducción deberá estar ya publicada en cualquiera de las lenguas oficiales de España, así como aquellas otras con reconocimiento jurídico en los estatutos de autonomía de las Comunidades Autónomas, y estar escrita por un autor español.

Un mismo solicitante no podrá pedir ayuda para más de tres proyectos.

Referencia: 826223

Publicación oficial: 11/04/2025

Fecha inicio convocatoria: 14/04/2025

Fecha fin convocatoria: 07/05/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Administración General del Estado

Ministerio: MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DEL LIBRO, DEL CÓMIC Y DE LA LECTURA

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 200.000,00 €
Sector: Cultura, Educación
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: España
Beneficiarios:

Podrán solicitar estas subvenciones las personas jurídicas y físicas (autónomos) que tengan como actividad y objeto social, único o entre otros, la edición delibros.

Asimismo, quedan excluidas las fundaciones, entidades sin ánimo de lucro así como entidades de carácter público, comunidades de bienes, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de carácter público o privado, así como otras entidades sin personalidad jurídica.

Cuantía de la ayuda:

El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo de 200.000 euros.

Requisitos:

La subvención obtenida debe destinarse exclusivamente a cubrir los gastos de traducción de la obra presentada.

Esta subvención es compatible con otras ayudas a la traducción de otros organismos o instituciones, públicos o privados, siempre y cuando el importe de dicha aportación sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, no se supere el 100% del coste de la traducción subvencionada.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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