Convocatoria Proyectos de Investigación del Organismo Autónomo Local “Instituto de Estudios Giennenses” destinados a personas físicas y/o jurídicas sin ánimo de lucro, Universidades y Centros de Investigación en el Área de Conocimiento Ciencias Sociales y Jurídicas.

Estado: Cerrada
Objeto:

Es objeto de la presente Convocatoria regular la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de trabajos de investigación, referidos a la provincia de Jaén o a temas que afecten a la misma, en el área de conocimiento de las Ciencias Sociales y Jurídicas.

Referencia: 821840

Publicación oficial: 24/03/2025

Fecha inicio convocatoria: 25/03/2025

Fecha fin convocatoria: 08/05/2025

Financiación: OTRO

Órgano gestor: Diputación Provincial de Jaén

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 95.000,00 €
Sector: Cultura, Investigación, desarrollo e innovación
Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva
Ámbito geográfico: Provincia de Jaén
Beneficiarios:

Tendrá la consideración de beneficiarios, las personas físicas y/o jurídicas privadas sin ánimo de lucro, que optarán a la modalidad de proyectos de investigación para este colectivo; así como las Universidades y Centros de Investigación que optarán a su modalidad correspondiente, ambas constituyen el objeto de la presente convocatoria.

No podrán participar el personal académico vinculado a la Institución convocante, a que hacen referencia los arts. 10 a 14 de los Estatutos del Organismo Autónomo “Instituto de Estudios Giennenses”.

Cuantía de la ayuda:

Financiación:
Modalidad de personas físicas y/o jurídicas sin ánimo de lucro: 25.000 €
Modalidad de universidades y centros de investigación: 70.000 €
Cuantía total: 95.000 €
Aplicaciones presupuestarias: 2025.160.3340.48101 y 2025.160.3340.45100
La cuantía de las subvenciones:
Límite máximo de diez mil euros (10.000,00 €) por proyecto.
Para la determinación de la cuantía de las subvenciones se aplicará el porcentaje de valoración obtenido, siguiendo los criterios y el procedimiento establecido en el artículo 16 de estas bases, teniendo en cuenta el presupuesto solicitado por el interesado.
El importe de las subvenciones otorgadas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas procedentes de cualquiera de las Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de las actuaciones a desarrollar por el beneficiario (art. 19.3 LGS).

Actividades subvencionables:

Actividades subvencionables:
Proyectos de investigación en el área de conocimiento de las Ciencias Sociales y Jurídicas.
Gastos subvencionables:
Son los previstos en el artículo 6 de la convocatoria.
1.- Personal afecto al proyecto.
2.- Dietas, gastos de desplazamiento y locomoción como consecuencia del desarrollo del proyecto.
3.- Contratación de Servicios,
4.- Gastos de difusión.
5.- Material fungible.

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

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