Premio “Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2025”
Convocar en régimen de concurrencia competitiva el Premio Alimentos de España a la Mejor Bebida Espirituosa con Indicación Geográfica, año 2025 que tiene como finalidad poner en valor y dar a conocer las bebidas espirituosas españolas con el sello de calidad diferenciada Indicación Geográfica (IG).
Referencia: 821048
Publicación oficial: 19/03/2025
Fecha inicio convocatoria: 20/03/2025
Fecha fin convocatoria: 11/04/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Administración General del Estado
Ministerio: MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
Órgano: DIRECCIÓN GENERAL DE ALIMENTACIÓN
Podrán participar en el premio las empresas autorizadas para la elaboración de bebidas espirituosas que tengan su sede situada dentro del territorio nacional.
Las bebidas espirituosas participantes serán de elaboración propia del concursante y deberán pertenecer a alguna de las Indicaciones Geográficas (IG) españolas reconocidas por la Unión Europea. Los elaboradores podrán concursar con varias muestras, pudiendo presentarse una única muestra por cada IG.
1. Los galardonados recibirán distintivo de excelencia y/o un diploma acreditativo.
2. Desde la concesión del premio se podrá incorporar de modo visible en todas las actividades de los ganadores, el logotipo de los premios facilitado por el Ministerio previa solicitud del interesado, en el que se haga referencia de forma destacada a la categoría y modalidad de premio en la que fueron galardonados y edición y órgano convocante de éste, en los términos que establezca el propio Ministerio.
3. En el caso de premios dirigidos a galardonar la elaboración de alimentos de calidad, los ganadores podrán hacer referencia al Premio en el etiquetado del producto premiado, mediante contraetiquetas que deberán ser previamente validadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
4. Los ganadores de la categoría a) del artículo 2 también podrán incluir la referencia al Premio en los embalajes de sus productos, previa validación por parte del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
5. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con el fin de dar visibilidad a los galardonados, podrá contar con la colaboración de quienes reciban los premios en las acciones de promoción alimentaria que desarrolle
Las solicitudes se dirigirán al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación y se presentarán, a través del registro electrónico de este Ministerio, en su sede
electrónica asociada (https://sede.mapa.gob.es) mediante certificado electrónico válido y compatible con dicha sede electrónica, cumplimentando la información
requerida en esta.
Si los beneficiarios son personas físicas, podrán optar por presentar las solicitudes en dicha sede electrónica asociada o bien presencialmente en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.