Subvenciones del Instituto Andaluz de la Juventud a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2025.
Subvenciones para la realización de actuaciones, dirigidas a la juventud andaluza, por Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de corresponsales juveniles, en algunos de los siguientes ámbitos:
1. Vida saludable, conocimiento del entorno natural y sostenibilidad.
2. Emprendimiento, empleabilidad juvenil e innovación.
3. Igualdad, diversidad-LGTBI, tolerancia, inclusión de la juventud con discapacidad y prevención de la violencia de género.
4. Voluntariado Juvenil y participación.
5. Cultura, creatividad, arte y talento juvenil.
Se establecen dos modalidades:
– Modalidad A: Subvenciones para entidades de participación juvenil de ámbito local o provincial, inscritas con tal ámbito en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, en virtud de lo establecido en el Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, por el que se regula el censo de entidades de participación juvenil de Andalucía, así como para Grupos de Corresponsales Juveniles.
– Modalidad B: Subvenciones para entidades de participación juvenil de ámbito regional, inscritas con tal ámbito en el Censo de Entidades de Participación Juvenil de Andalucía, en virtud de lo establecido en el Decreto 247/2005, de 8 de noviembre, para la realización de actuaciones dirigidas a personas jóvenes de, al menos, cuatro provincias.
Referencia: 816202
Publicación oficial: 04/03/2025
Fecha inicio convocatoria: 05/03/2025
Fecha fin convocatoria: 25/03/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones:
– Asociaciones Juveniles.
– Federaciones constituidas por éstas.
– Secciones Juveniles de otras Entidades.
– Grupos de Corresponsales Juveniles.
Para el ejercicio 2025, la financiación de estas subvenciones se realizará con cargo a los créditos consignados en las posiciones presupuestarias 1832020000 G/32F/48500/00 01 y 1832010000 G/32F/48501/00 01 del programa presupuestario de gastos del Instituto Andaluz de la Juventud, por la cuantías totales máximas de 200.000 € y 66.250 €, respectivamente.
La cantidad de 200.000 € se distribuye en una cuantía máxima de 25.000 € por cada uno de los ocho ámbitos territoriales establecidos en el apartado 2.d) del cuadro resumen, todo ello de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3, párrafo segundo, de la Orden de 6 de abril de 2018, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía, y sus agencias administrativas y de régimen especial.
Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos, a los que se refiere la Orden de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de 23 de mayo de 2024, anteriormente citada, figuran publicados en el presente BOJA junto con la convocatoria y se podrán obtener en la siguiente URL:
https://juntadeandalucia.es/organismos/iaj/servicios/procedimientos/detalle/25655.html, en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en las Oficinas de Asistencia en materia de registro de la sede central del Instituto Andaluz de la Juventud y de sus Direcciones Provinciales.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.