Convocatoria para el año 2025 de subvenciones destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea Next Generation EU).

Estado: Cerrada
Objeto:

1. Constituye el objeto de las subvenciones, la contratación de la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad, capaz de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps, en las fábricas, centros, unidades, instalaciones y dependencias en las que se ejerza actividad económica dentro de los polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de concentración empresarial ubicados en las zonas especificadas en la resolución de la convocatoria.

2. Las zonas donde pueden ubicarse los inmuebles objeto de la instalación de la red de comunicaciones electrónicas subvencionada en la Resolución de la convocatoria serán aquellas zonas de Andalucía especificadas en el visor geográfico accesible en la URL https://www.consultateleco.es/api/document/link/ordenes_mrr_linea3_2024/.

3. Los gastos subvencionables deben haber sido realizados en el periodo comprendido entre el 18 de noviembre de 2021 y la fecha fin de la respectiva actuación, que en ningún caso podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Real Decreto 520/2024, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Referencia: 811444

Publicación oficial: 12/02/2025

Fecha inicio convocatoria: 13/02/2025

Fecha fin convocatoria: 17/03/2025

Financiación: FONDOS NEXT GENERATION

Órgano gestor: Junta de Andalucía

Departamento: CONSEJERÍA DE TRANSFORMACIÓN ECONÓMICA, INDUSTRIA, CONOCIMIENTO Y UNIVERSIDADES

Tipo de ayuda: Subvención
Presupuesto: 13.231.958,76 €
Sector: Digitalización, Industria, Infraestructuras
Procedimiento de concesión: concurrencia no competitiva
Ámbito geográfico: Comunidad Autónoma de Andalucía
Beneficiarios:

Serán beneficiarias las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), según se definen en la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003, que sean titulares o arrendatarias de bienes inmuebles en los que se ejerza actividad económica y que estén situados en los polígonos industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de concentración empresarial, ubicados en las zonas especificadas en la resolución de la convocatoria.

Cuantía de la ayuda:

1. La máxima intensidad de la ayuda será del 80% del presupuesto subvencionable. De acuerdo con lo establecido en el apartado 1 del artículo 4 de las Bases Reguladoras, la cuantía máxima de subvención podrá ser de hasta 50.000 €. Adicionalmente, la cuantía de las subvenciones a conceder a cada persona o entidad beneficiaria no podrá superar el límite máximo de 300.000 euros para la suma de todas las ayudas de minimis recibidas durante el período del ejercicio fiscal en curso y de los dos ejercicios fiscales anteriores.

2. De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de las Bases Reguladoras de estas subvenciones, la entidad beneficiaria tendrá que efectuar una aportación de fondos propios para cubrir la actividad subvencionada, teniendo que acreditarse al justificar la subvención. Dicha aportación será como mínimo del 20% del importe total del presupuesto subvencionable.

Solicitud:

1. Las solicitudes se presentarán a través del formulario contenido en el anexo I de la convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes abarca desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el día 15 de marzo de 2025 inclusive, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado segundo del artículo 12 de las bases reguladoras.

3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de las bases reguladoras, las solicitudes habrán de presentarse, única y exclusivamente de forma telemática, a través de la Sede Electrónica General de la Administración de la Junta de Andalucía creada mediante la Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 25 de abril de 2022, así como a través del acceso disponible en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24923.html

La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.

 

logos diputacion de jaen euorpa 1

Menú Principal