Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se dispone para el año 2025 las ayudas que se incluyen en la solicitud única, al amparo del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre y de la Orden de 24 de marzo de 2023, así como las particularidades de la campaña 2025.
Convocar las ayudas y los pagos para el año 2025 incluidas en la solicitud única.
Las ayudas y pagos convocados se regirán por las siguientes normas, así como otras relacionadas que pudieran ser de aplicación:
a) Orden de 24 de marzo de 2023, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación y gestión de la solicitud única y sobre los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad a partir del año 2023, así como disposiciones de aplicación de las intervenciones en forma de pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas de desarrollo rural objeto de inclusión en la solicitud única.
b) Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el desarrollo rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
c) Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a la intervención sobre el desarrollo rural relativa a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613) correspondiente al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
Referencia: 810454
Publicación oficial: 28/01/2025
Fecha inicio convocatoria: 01/02/2025
Fecha fin convocatoria: 30/04/2025
Financiación: FEADER
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Podrán acogerse a las citadas intervenciones los agricultores cuyas explotaciones agrarias estén situadas en su totalidad o en su mayor parte en el territorio de la comunidad autónoma de Andalucía; o en el caso de no disponer de superficie agraria cuando el mayor número de animales de explotación se encuentren en la comunidad autónoma de Andalucía, entendiéndose por agricultor la definición establecida en el artículo 3.2) del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre.
El obtenido como consecuencia de la aplicación de lo dispuesto en los reglamentos de la UE sectoriales, Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control y las citadas órdenes del apartado cuarto del presente extracto.
Los formularios así como la información asociada al procedimiento «Solicitud única de ayudas PAC (Política Agrícola Común)» están disponibles en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/8318.html
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.