Ayudas dirigidas a la cooperación para la promoción de los productos agrícolas y alimenticios en regímenes de calidad
Estas subvenciones tendrán por objeto apoyar las actividades de promoción realizadas por entidades en el mercado interior, en relación con productos agroalimentarios amparados por algún régimen de calidad, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
Referencia: 807115
Publicación oficial: 14/01/2025
Fecha inicio convocatoria: 15/01/2025
Fecha fin convocatoria: 15/02/2025
Financiación: OTRO
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y DESARROLLO RURAL
a) Los Consejos Reguladores que participen en un programa de calidad de los alimentos de conformidad con lo establecido en el apartado 3.a).1 del cuadro resumen de la Orden de 5 de septiembre de 2024.
b) Los Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de Origen solo podrán obtener una subvención al amparo de esta orden, para lo que deberán presentar una única solicitud por Consejo para los distintos regímenes de calidad que gestionen.
c) Asociaciones y Federaciones de entidades agroalimentarias y asociativas agrarias, Fundaciones y Organizaciones Empresariales del sector agrario, así como agrupaciones de productores con personalidad jurídica, sin ánimo de lucro, que participen en un programa de calidad de los alimentos de los enumerados en el apartado 3.a).1 del cuadro resumen de la Orden de 5 de septiembre de 2024, en relación con un producto agrícola, ganadero o alimenticio concreto producido en Andalucía.
El importe máximo por persona beneficiaria y convocatoria es de 240.000 euros, excepto para Consejos Reguladores que gestionen más de una Denominación de Origen, incluidas en el Plan de Promoción presentado, en cuyo caso, se incrementa la cuantía máxima a 340.000 euros. El importe de la ayuda consistirá en un porcentaje de subvención del 70% de los costes subvencionables de la actividad. Asimismo, la cuantía máxima de la subvención por persona beneficiaria y convocatoria no podrá superar el importe correspondiente a 1,5 veces el presupuesto aprobado de la entidad correspondiente al ejercicio anterior
El plazo de presentación de las solicitudes irá desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 15 de febrero de 2025.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.