Fomento de la generación del conocimiento en excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la Investigación,Desarrollo e Innovación
Convocar subvenciones conforme a lo dispuesto en la Orden de la Consejería de Salud y Consumo de 1 de agosto de 2022, por la que aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en materia de salud y consumo, modificada por la Orden de 10 de agosto de 2023, en proyectos destinados a la Línea de Fomento de la generación del conocimiento en á reas temáticas de excelencia en biomedicina y en ciencias de la salud a través de la Investigación, Desarrollo e Innovación. Los conceptos subvencionables son programas y proyectos de I+D+i en áreas temáticas de excelencia en biomedicina de ámbito europeo,
nacional o autonómico, en las siguientes áreas:
a) Proyectos de investigación en materia de zoonosis y riesgos emergentes.
b) Proyectos de investigación en materia de esclerosis múltiple (EM).
Referencia: 788937
Publicación oficial: 14/10/2024
Fecha inicio convocatoria: 15/10/2024
Fecha fin convocatoria: 29/10/2024
Financiación: Sin determinar
Órgano gestor: Junta de Andalucía
Departamento: CONSEJERÍA DE SALUD
1. Los requisitos generales que han de acreditar las entidades interesadas, la presentación y tramitación, el procedimiento para la concesión de las subvenciones y destino se regirán por lo previsto en la Orden de 1 de agosto de 2022.
2. De acuerdo con los créditos disponibles, solo podrán ser beneficiarias las entidades incluidas en términos de Contabilidad Nacional en el Subsector Administración Regional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (S.1312).
1. La cuantía máxima a conceder a cada solicitud presentada, que reúna los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, será de 125.000,00 euros por proyecto.
2. Los proyectos tendrán una duración máxima de dos años, y deberán realizarse en los ejercicios presupuestarios 2024 a 2027, salvo modificación de la resolución de
concesión.
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.2 de las Bases Reguladoras Tipo, el plazo de presentación de las solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la presente convocatoria.
2. El lugar de presentación de las solicitudes de subvención será exclusivamente en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 10.c) del Cuadro Resumen correspondiente, a través de la siguiente dirección electrónica: https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
3. Los formularios de solicitud y, en su caso, de alegaciones y otras posibles actuaciones a realizar se encuentran publicadas en BOJA, junto con la convocatoria, y que igualmente se puede acceder a ellos través del Sistema Nacional de Publicación de Subvenciones.
La información que aquí se facilita es a título informativo, no teniendo carácter vinculante para esta administración. En el apartado «Bases de la convocatoria» se incluyen enlaces a los textos oficiales que regulan esta convocatoria.